Tema 4. Los denominados límites de vigencia de la ley penal
1 view 0 purchase
Course
Derecho Penal I
Institution
Universidad De Murcia (UM)
Book
Lecciones de Derecho penal Parte general
Apuntes del tema 4. Apuntes dictados en clase del profesor Jaime Miguel Peris. Sirven para preparar la asignatura de Derecho Penal I, parte general. Muy buenos.
BLOQUE 1: INTRODUCCIÓN
LECCIÓN CUARTA
LOS DENOMINADOS LÍMITES DE VIGENCIA DE LA LEY PENAL
1. APROXIMACIÓN A LAS VINCULACIONES ENTRE LA LEY PENAL Y EL TIEMPO
En derecho penal rige una vigencia lineal de la Ley penal, la ley penal tiene en principio una
entrada en vigor, y respecto de ese comienzo es el régimen general del ordenamiento. La
vacatio legis es el periodo de la ley, 20 días desde su publicación en el BOE para la entrada en
vigor de la norma, salvo que la ley disponga otra cosa. (Art. 91 CE y 2.1 Cc).
En el derecho penal se dan plazos propios, por ejemplo, la ‘’ley del menor’’ tuvo una vacatio
legis de un año; la reforma del CP del 2015 tuvo una vacatio legis de medio año. La vacatio
legis es distinta en las leyes penales en sentido estricto (imponen pena al delito). Las leyes
penales que despenalicen, es decir, que lo que hagan sea rebajar la pena o hacer desaparecer
el delito, a esas leyes penales no se le llaman punitivas en sentido estricto, porque lo que
hacen es rebajar, esas si suelen entrar en vigor el mismo día en vigor que aparecen, pero no
es lo normal.
La derogación tácita (2.2 Cc) en derecho penal no es frecuente por la seguridad jurídica y por
eso en derecho penal suele haber una cláusula derogatoria, que se encuentra al final del CP de
1995 que derogó todo el artículo menos 4 artículos. En derecho penal se da la ‘’derogación
expresa’’.
Las normas excepcionales no son normales, por ejemplo, con el episodio de Cataluña se
estuvo al borde con la ‘’declaración de Estado de excepción’’ en ella, los derechos de
manifestación, reunión, etc. quedaban en suspenso y esta declaración marca una situación de
excepción; o también las leyes temporales que son leyes que nacen con fecha de caducidad, es
decir, la ley aparece, pero ya dice hasta cuando tiene vigencia.
A los hechos se les aplica la ley que está en vigor.
De la entrada en vigor (ámbito o vigencia de la ley) término de vigencia. Ala relación entre
ambas, se le denomina ‘’ámbito o vigencia de la ley’’ y en principio se dice que esta ley se
aplica a todos los sucesos que sucedan en el periodo de vigencia de esa ley.
El 2.1 CP. No será castigado ningún delito con pena que no se halle prevista por ley anterior a
su perpetración. Carecerán, igualmente, de efecto retroactivo las leyes que establezcan
medidas de seguridad.
El Art.2.2 C. No obstante, tendrán efecto retroactivo aquellas leyes penales que favorezcan al
reo, aunque al entrar en vigor hubiera recaído sentencia firme y el sujeto estuviese cumpliendo
condena. En caso de duda sobre la determinación de la Ley más favorable, será oído el reo.
Los hechos cometidos bajo la vigencia de una Ley temporal serán juzgados, sin embargo,
conforme a ella, salvo que se disponga expresamente lo contrario.
Eficacia de la Ley penal
El derecho penal es exclusivo de la irretroactividad, a la excepción del Art. 2.2 CP y las leyes
temporales, la regla general es que coincida la vigencia material (se aplica a supuestos de
hecho que se produzcan en un lapsus de tiempo) y la vigencia formal (la ley está en vigor
desde que se publica hasta que se deroga) y las excepciones es que las leyes penales sean
retroactivas y tengan ultractividad (aplicación de la ley anterior a la entrada en vigor de una
nueva ley), va a tener vigencia después de ‘’muerta’’, en principio quiere que se apliquen bajo
la ley temporal a los hechos que sucedieron.
1
, DERECHO PENAL I
BLOQUE 1: INTRODUCCIÓN
2. RETROACTIVIDAD E IRRETROACTIVIDAD EN DERECHO PENAL
Principio general: tempus regit actum, el tiempo rige el acto, por tanto, irretroactividad.
Excepción: las leyes penales tienen efectos retroactivos en cuanto favorezcan al reo:
legalidad de la ley previa más dura y de la ley posterior más benigna (favorable).
La retroactividad viola el ‘’principio de legalidad’’, porque aplica la ley hacia atrás, pero eso sí,
es la ley que FAVORE el reo.
Art. 9.3 CE, art. 2 CP y 2.3 CC
3. DETERMINACIÓN DE LA LEY PENAL MÁS FAVORABLE
Ley favorable, carácter retroactivo: cuando una ley deja de considerar delito a un hecho que
pasa a ser favorable. (despenalización)
Penas favorables: modificación de penas
Si antes la multa era 6 meses y ahora 3, es más favorable. Pero el problema es cuando hay
heterogeneidad de penas, donde había una pena de multa ahora aparece una prohibición de
residir o de acercase a determinado lugar.
Cuando las penas son heterogéneas el problema es decidir cuáles son las penas más
favorables. En cuanto a los criterios de decisión hay sistemas que los decide el juez. Nuestro
sistema lo decide el juez (cuál es la ley + favorable) pero tiene obligación de oír al REO (cuál es
para el Reo la ley + favorable).
Límites de la retroactividad (+ favorable): sabemos que uno de los problemas de la
Administración De Justicia es la lentitud mientras todavía quede algo por cumplir. ‘’la ley penal
+ favorable se aplica retroactivamente, es decir, si a mí me aplicaron una pena de 4 años, yo
estoy en prisión, llevo cumplidos 3 y ahora una nueva ley dice que lo que yo hice ahora serían
2, entonces saldré a la calle por la nueva ley, ya que es favorable.
Lo favorable a lo único que no afecta es a la multa, ya que se entiende que es un cambio de
valoración económica. Tampoco afecta la retroactividad a los antecedentes penales, por
ejemplo, si me condenaron por un delito que deja de ser delito, yo podré suprimir los efectos
del antecedente, pero el antecedente sigue ahí.
Límites de la retroactividad: prejuicio, juicio, sentencia sin ejecutar y ejecutada (Art. 2.2 CP)
Tiempo de comisión del delito: art. 7 CP
4. APROXIMACIÓN A LAS VINCULACIONES ENTRE LA LEY PENAL Y EL ESPACIO
A la ley penal le afecta el tiempo, pero también el espacio. El territorio del Estado es el espacio
donde se aplica la soberanía del Estado, el territorio es el lugar donde se ejercita ese poder
soberano del Estado.
El principio general es el ‘’principio de territorialidad’’ que queda marcado en el artículo 8.1
del Código civil, pero a lo que nosotros nos importa se encuentra en el artículo 23.1 de la
LOPJ. Artículo 23.
1.En el orden penal corresponderá a la jurisdicción española el conocimiento de las
causas por delitos y faltas cometidos en territorio español o cometidos a bordo de
buques o aeronaves españoles, sin perjuicio de lo previsto en los tratados interna-
cionales en los que España sea parte.
2
The benefits of buying summaries with Stuvia:
Guaranteed quality through customer reviews
Stuvia customers have reviewed more than 700,000 summaries. This how you know that you are buying the best documents.
Quick and easy check-out
You can quickly pay through credit card or Stuvia-credit for the summaries. There is no membership needed.
Focus on what matters
Your fellow students write the study notes themselves, which is why the documents are always reliable and up-to-date. This ensures you quickly get to the core!
Frequently asked questions
What do I get when I buy this document?
You get a PDF, available immediately after your purchase. The purchased document is accessible anytime, anywhere and indefinitely through your profile.
Satisfaction guarantee: how does it work?
Our satisfaction guarantee ensures that you always find a study document that suits you well. You fill out a form, and our customer service team takes care of the rest.
Who am I buying these notes from?
Stuvia is a marketplace, so you are not buying this document from us, but from seller mariajosevidalmartnez. Stuvia facilitates payment to the seller.
Will I be stuck with a subscription?
No, you only buy these notes for $3.25. You're not tied to anything after your purchase.