MÓDULO I. TEORÍA DEL ESTADO Y TEORÍA DE LA CONSTITUCIÓN. NOCIONES GENERALES
MÓDULO II. LA CORONA
Tema 1. La Monarquía. La forma política del Estado.
Tema 2. Las funciones del Rey. La Monarquía parlamentaria y la configuración de la Corona. Las funciones y
la responsabilidad del Rey.
MÓDULO III. LAS CORTES GENERALES
Tema 3. Las Cortes Generales. Origen y evolución histórica del Parlamento. Las Cortes Generales como
órgano del Estado.
Tema 4. El modelo electoral español.
Tema 5. Status jurídico de los parlamentarios.
Tema 6. La estructura interna y funcionamiento. La función legislativa. Las funciones económicas. Las
funciones de control político. La disolución de las Cámaras
MÓDULO IV. EL GOBIERNO
Tema 7. La configuración del Gobierno y su estructura. El Gobierno y el poder Ejecutivo. La posición
constitucional del gobierno. La estructura del Gobierno: especial referencia a la posición del Presidente.
Tema 8. Las funciones del Gobierno.
MÓDULO V. El poder Judicial
Tema 9. Los principios generales que configuran el poder Judicial.
Tema 10. La organización judicial española. El Consejo General del Poder Judicial. El Ministerio Fiscal.
MÓDULO VI. EL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Tema 11. Origen y configuración del Tribunal Constitucional. Origen histórico. La problemática actual de la
justicia constitucional. Las reformas de la LOTC. Composición. Estructura interna y funcionamiento.
Tema 12. Las competencias del Tribunal Constitucional. Los actos del Tribunal. El control de
constitucionalidad de las leyes. El recurso de amparo. El Tribunal Constitucional como tribunal de conflictos.
MÓDULO VII. EL ESTADO AUTONÓMICO
Tema 13. El proceso de configuración del modelo autonómico. Antecedentes históricos. Los principios del
Estado autonómico. El proceso autonómico. Los estatutos de autonomía. Los procesos de reformas
estatutarias.
Tema 14. Órganos de las Comunidades Autónomas. Órganos legislativos. Órganos ejecutivos. Órganos
judiciales. La Administración de las Comunidades Autónomas. Control de los órganos.
Tema 15. Competencias de las Comunidades Autónomas
El reparto de competencias. Reparto estatutario de competencias. La asunción extraestatutaria de
competencias. Relaciones entre los ordenamientos estatal y autonómico. La financiación de las
Comunidades Autónomas.
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, Derecho Constitucional II
MÓDULO I. TEORÍA DEL ESTADO Y TEORÍA DE LA CONSTITUCIÓN. NOCIONES GENERALES
Elementos del estado son: pueblo, territorio y poder soberano
La Monarquía absoluta: en el año 1492 antes del Estado estaba el feudalismo, en el que los monarcas
asumen el poder económico, político y el poder del ejército. Este es el modelo de Estado primario, cuando
surge requieren una concentración de poder. El estado liberal frente a la monarquía absoluta se empieza a
preconizar que hay un estado de ciudadanos, la separación de poderes y la existencia de una Constitución.
También existía un sufragio censitario.
El estado liberal asume que debe ser un Estado democrático y liberal, es un derecho de todos, se tienen en
cuenta al individuo en el ámbito ciudadano y social.
Estado liberal y social de Derecho se reconoce en el año 1978, al crear la Constitución.
El pueblo soberano son los españoles, así lo dispone el Art.1 apartado 2.
Territorio: si no lo hay, no se puede constituir un Estado.
El poder es puro nudo fuerza, poder físico, que es la capacidad de uno o varios para que otros actúen
como ellos quieren.
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, Derecho Constitucional II
LA CORONA
Por qué se legitima el poder y por qué obedecemos
La legitimación es histórica, el carisma se identifica con la atracción hacia una persona, pero este es un
error.
El sistema democrático es el mejor dentro de los que existen, por el convencimiento de que es lo mejor
para la convivencia de todos; por lo que debe ser explicado de una manera completa. El ser humano
tiende a pensar que el pensamiento propio es el válido y el de los demás no.
Se trata de un sistema artificial, ya que no es el natural, que se basa en una serie de principios que hay que
cumplir, con todos los problemas que eso conlleva.
Las ideologías democráticas son débiles, las fuertes son fascismo, comunismo… porque la ideología
democrática es débil.
La institucionalización del poder surge del Derecho Canónico, debido a la obediencia al Papa. Las
instituciones luchan por nuestros derechos y libertades, por lo que hay que respetarlas.
La soberanía es la capacidad que tiene el Estado para actuar hacia el exterior y el interior velando sus
propios intereses. Se debe limitar al Estado debido a que no puede interceder entre los derechos y
libertades de los ciudadanos.
El Estado tiene su origen en el monarca absoluto, justificando todo el poder del soberano (rey absoluto).
La nación es un concepto atemporal, inicialmente era el rey, después el rey con las cortes, aumentando la
soberanía nacional y disminuyendo el poder del rey.
El sufragio es censitario, excluyendo a parte de la población. En ese momento el rey puede no aprobar las
decisiones tomadas por las asambleas. La democratización del voto supone la proletarización del mismo.
El mandato imperativo es la coacción del voto del pueblo, el representante es votado para que vele por el
interés general de todos.
El mandato representativo se basa en poner por delante el interés general del interés particular.
Maquiavelo trae el término de Estado gracias a su obra El Principe. La religión se utiliza para estar en el
poder pero no se emplea. El monarca absoluto se impone a los ciudadanos apoyado en el ejército.
Bodino trae el término soberanía.
Hobbes tiene una teoría que dice que la vida del ciudadano se respete mediante un contrato social
absoluto.
Dentro de esto exigen corrientes ideológicas como los derechos de los indios, o que la muerte de un rey es
válida si hay gente sufriendo.
Aparece el Estado liberal, que supone la aparición de derechos del hombre y el ciudadano, además de una
constitución que recoge los derechos fundamentales y la separación de poderes. Las primeras
constituciones tienden a ser meras declaraciones políticas de lo que se quería hacer, ya que no existía una
fuerza política que impusiera la Constitución.
Esta fuerza aparece con el principio de constitucionalidad, que rompe con el principio de legalidad de
Rousseau y se cumple en las cámaras de los Tribunales Constitucionales, en los que reconocen las garantías
y derechos, el sometimiento de los poderes para que cumplan sus funciones y la separación de poderes.
Comienza con Montesquiev, es una idea que se considera que todo tiene que tener un equilibrio entre
ambos, no permitiendo el fortalecimiento de un poder a costa del empobrecimiento de otro.
Diez elementos fundamentales del sistema democrático:
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