Lección 1: El sistema del Derecho mercantil
1.Concepto, contenido y caracteres.
2.Constitución económica y Derecho mercantil.
3.Fuentes del Derecho mercantil.
1.Concepto, contenido y caracteres.
•Vasto complejo de disposiciones, en unión a los usos de comercio observados
en cada plaza, configuran el Derecho mercantil, rama del ordenamiento jurídico
que podemos definir como el sector del Derecho patrimonial privado que regula
el estatuto profesional de los empresarios mercantiles, así como el tráfico
realizado por éstos para colocar en el mercado los bienes y servicios
producidos en su actividad.
•Derecho mercantil como sistema: fenómeno reciente en la historia del
Derecho.
•Nace en la Edad Media.
•Antes: actividad comercial y normas para ella, pero no un sistema normativo.
Con el nacimiento de los Estados
•Control de la economía.
•Sigue siendo un derecho profesional.
•Fijación normas y como ejemplo:
● Refrendo real a las ordenanzas consulares.
● Francia: Ordenanzas del comercio terrestre (1673) y de la Marina
(1681).
Concepción objetiva.
•Se regulan los actos de comercio, con independencia de quienes los ejecuten.
•Imposible definición general.
Concepción Subjetiva
•Son actos de comercio los desarrollados por comerciantes en el ejercicio de su
actividad.
•Problema: define al comerciante por su actividad.
Código de Comercio de 1885 “CCO”
•Recoge en su Exposición de motivos: “considera al Derecho mercantil bajo
una faz completamente nueva...” “pretende regir todos los actos y operaciones
mercantiles, cualquiera que sea el estado o profesión de las personas que lo
celebren”.
,•Art. 2: “Los actos de comercio, sean o no comerciantes los que los ejecuten, y
estén o no especificados en este Código, se regirán por las disposiciones
contenidas en él...
•¿Cuáles son? “Serán reputados actos de comercio los comprendidos en este
Código y cualesquiera otros de naturaleza parecida.
Caracteres
• Internacionalidad y uniformidad
• Ductilidad
• Rechazo al formalismo
• Rigor frente al incumplimiento
• Mayor control
• Incremento responsabilidad
2.Constitución económica y Derecho mercantil.
•Derecho del empresario y su actividad.
•Matices
•Giro hacia el consumidor:
•Normas imperativas de protección pero dentro de la actividad mercantil.
•Generalización (mercantilización).
3. Fuentes del derecho mercantil
La ley, la costumbre y los principios generales del derecho.
•Ley mercantil, como toda norma estatal escrita, cualquiera que sea rango
formal que regule. La competencia según la Constitución sobre legislación
mercantil corresponde al Estado.
•Las comunidades en el marco espacial de cada una sobre determinadas
materias (comercio interior, PI, banca, seguros, etc.).
•Usos de comercio. La fuerza vinculante del uso deriva de la reiteración en la
práctica de un comportamiento que se considera debido, o lo que es lo mismo,
la concurrencia de los siguientes factores: 1o generalización de una conducta;
2o y la creencia de que resulta obligada (opinio iuris).
•El uso a diferencia de la ley (principio iura novit curia) debe ser probado en
caso de alegación.
•Los principios generales del derecho son las ideas fundamentales e
informadoras de la organización jurídica de la nación (De Castro), es decir, los
que dan sentido a las normas jurídicas legales o consuetudinarias existentes en
la comunidad, los enunciados generales a los que se subordina un conjunto de
soluciones particulares.
, Lección 2: El empresario y sus colaboradores
1.Concepto, contenido y caracteres.
2.El ejercicio de la actividad mercantil. Registro Mercantil
3.La obligación de contabilidad del empresario.
4.Los colaboradores.
1. Concepto de empresario
•Terminología: comerciante = empresario
•Concepto: persona física o jurídica que ejercita una actividad constitutiva de
empresa, entendiendo por tal una actividad económica dirigida bien a la
producción, bien a la intermediación, de bienes o servicios en el mercado.
Empresario individual
•Artículo 1 CCo: Son comerciantes para los efectos de este código: Los que
teniendo capacidad legal para ejercer el comercio se dedican a él
habitualmente
•Falta un dato: en nombre propio
•Ley de emprendedores (14/2013): toda persona, física o jurídica, que
desarrolle una actividad económica empresarial o profesional. No supone
ninguna novedad.
Empresario social
•Las compañías mercantiles o industriales que se constituyan con arreglo a
este Código.
•Condición deriva de la forma
•Dentro de los empresarios sociales:
● Sociedades de personas
● Sociedades de capital
•¿Existen sociedades que son mercantiles por su objeto y no por la forma? Sí.
Sociedades irregulares (v.gr. Forma civil y objeto mercantil). Se les aplican
normas de la sociedad colectiva. Art. 39 TRLSC
Empresario mercantil-civil
•Los empresarios mercantiles están sujetos al estatuto del empresario.
•Son empresarios civiles los que no constituyéndose como sociedades
mercantiles por su forma, se dediquen a actividades económicas no
mercantiles, tales como, Agrícolas, Artesanos, pesca, ganadería, Profesionales
liberales Art. 326 CCo.
, •Experimentan fuerte atracción al Derecho Mercantil.
Empresa pública/ empresario privado
•Intervención pública, es decir ejercida o controlada por la Admon. Adoptan a
veces formas mercantiles SA y SL.
•En el plano formal, dentro de los privados: formas jurídico privadas
tradicionales o capitalistas y los empresarios de economía social (cooperativas,
mutuas, etc.).
2. El ejercicio de la actividad mercantil. Registro Mercantil.
Ejercicio
•Habitual
•En nombre propio
•Se presume por actos externos: desde que la persona que se proponga
ejercerlo anunciaré por circulares, periódicos, carteles, rótulos expuestos al
público o de otro modo cualquiera, un establecimiento que tenga por objeto
alguna operación mercantil” (art. 3 CCo)
Composición y naturaleza
•Composición variable: local (o locales), derechos, muebles, mercaderías,
marcas y propiedad industrial, clientela…
•“universitas rerum” unidas por que están destinadas al desarrollo de la
actividad
Negocios
•La empresa puede ser objeto de tráfico en virtud de distintos negocios
jurídicos.
•Es preciso conjugar las normas civiles y mercantiles aplicables con la finalidad
perseguida por los contratantes, que es la transmisión de la empresa como un
todo de carácter unitario, con todos los elementos que la integran y sin merma
de su unidad jurídica y económica.
Compraventa de empresa
•Ha de aplicarse a cada tipo de bien las normas que rigen su transmisión:
● Inmuebles.
● Muebles mediante su entrega material o puesta a disposición.
● Patentes... Derechos de PI.
● Régimen especial de sucesión de empresa a efectos laborales y
fiscales.
● Derechos, créditos, documentación contable, etc.
Arrendamiento
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