12. Cuerpos de funcionarios al servicio de la AdmJus
Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial.
Artículo 475.
Los cuerpos de funcionarios a que se refiere el artículo anterior se clasificarán en:
a) Cuerpos Generales, cuando su cometido consista esencialmente en tareas de contenido procesal, sin perjuicio de la realizac ión
1. Cuerpos de Funcionarios al servicio de la AdmJus. Cuerpos Generales y cuerpos 2. Cuerpos especiales. El Cuerpo de Médicos Forenses: funciones. de funciones administrativas vinculadas a las anteriores.
Especiales: definición y cuerpos que lo integran Son Cuerpos Generales:
2.1 Organización El Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa. La titulación exigida para el acceso a este Cuerpo es la de Diplomado
1.1 Su regulación en la LOPJ Los Médicos Forenses son funcionarios de carrera que constituyen un cuerpo nacional de titulados superiores al servicio de la AdmJus, constituyen un cuerpo de carácter especial por su Universitario, Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico o equivalente.
En el libro VI y el estatuto jurídico de estos Cuerpos. cometido esencial. Para el acceso se exige estar en posesión de los títulos oficiales de Licenciado o Graduado en Medicina y de especialista en Medicina Forense. El Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa. Para el acceso a este Cuerpo se exigirá estar en posesión del título de
El pacto de E para la Justicia de 28 de mayo de 2001, implica llevar a término esta Posesión del título de especialista en Medicina Forense Bachiller o equivalente.
reforma legislativa que diseñe un nuevo modelo de Oficina Judicial que desarrolle un La especialidad de Medicina Legal y Forense para acceder al Cuerpo de Médicos Forenses, no será requisito obligatorio hasta que así lo determine el MJ, una vez concluyan su formación por el El Cuerpo de Auxilio Judicial. Para cuyo ingreso se exigirá estar en posesión del título de graduado en E.S.O. o equivalente.
actualizado estatuto del personal al servicio de la Administración capaz de responder sistema de residencia al menos primera promoción de estos especialistas y se haya desarrollado por vía extraordinaria de acceso a dicho título según el procedimiento regulado. b) Cuerpos Especiales, cuando su cometido suponga esencialmente el desempeño de funciones objeto de una profesión o
a las particulares exigencias que implica el desempeño de su labor al servicio del Por RD704/2020 se establece el acceso al título de médico/a especialista en Medicina Legal y Forense por el sistema de residencia. titulación específica.
poder del E. Las competencias corresponden al MJ y a las CCAA, en todas las materias relativas a su estatuto y régimen jurídico: selección, formación inicial y continuada, provisión de destinos, ascensos, Son Cuerpos Especiales:
situaciones administrativas, jornada laboral, horario de trabajo y régimen disciplinario. El Cuerpo de Médicos Forenses. Para el acceso al Cuerpo de Médicos Forenses se exige estar en posesión de los títulos oficial es de
1.2 Competencias Los Médicos Forenses están vinculados a la AdmJus en virtud del nombramiento legal, por relación estatutaria de carácter permanentemente, para el desempeño de servicios retribuidos. Licenciado o Graduado en Medicina y de especialista en Medicina Forense.
Las competencias de todo el personal corresponden al MJ o, en su caso, a las CCAA Por urgencia o necesidad, podrán nombrarse funcionarios interinos que desarrollarán las funciones de dichos cuerpos, en tanto no sea posible su desempeño por funcionarios de carrea o El Cuerpo de Facultativos del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses. Para el ingreso en este cuerpo se deberá ser
con competencias asumidas, en todas las materias relativas a su estatuto y régimen permanezcan las razones que motivaron su nombramiento. licenciado en una carrera universitaria en Ciencias Experimentales y de la Salud, que se determinará en las correspondientes
jurídico, comprendidas en la sección, formación inicial y continuada, provisión de Se regirán por las normas contenidas en la LO, en las distintas disposiciones de su desarrollo y supletorio la normativa del E sobre Función Pública. Del desarrollo de la LO surge el Reglamento convocatorias, según la especialidad por la que se acceda al cuerpo.
destinos, ascensos, situaciones administrativas, jornada laboral, horario de trabajo y Orgánico del Cuerpo de Médicos Forenses, el Régimen disciplinario del personal al servicio de la AdmJus y el reglamento de Ingreso, Provisión de puestos de Trabajo y Promoción Profesional El Cuerpo de Técnicos Especialistas del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses. Para el acceso a este Cuerpo s e
régimen disciplinario. del Personal Funcionario. exigirá estar en posesión del título de Técnico Superior en Formación Profesional o equivalente de las familias profesionales que se
El Gº o las CCAA aprobaran los reglamentos que exija el desarrollo de la LO A los funcionarios interinos se les aplica el régimen de los funcionarios de carrera en lo que sea adecuado y no les será de aplicación en el régimen de clases pasivas. determinen en las bases de las convocatorias de los procesos selectivos, de conformidad con el contenido de los puestos de
Los médicos forenses destinados en un Instituto de Medicina Legal y Ciencias forenses o en el Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses. En los Institutos de Medicina Legal y trabajo que se oferten.
1.3 Organización Ciencias Forenses está destinado el personal funcionario que se determine en las relaciones de puestos de trabajo. Podrán prestar servicios psicológicos, trabajadores sociales y resto de El Cuerpo de Ayudantes de Laboratorio del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses. Para el acceso a este cuerpo se
El personal de carrera de los Cuerpos al servicio de la AdmJus se regirá por las personal laboral que determine. exigirá estar en posesión del título de Técnico en Formación Profesional o equivalente de las familias profesionales que se
normas contenidas en la LO, en la disposiciones que dicten su desarrollo y determinen en las bases de las convocatorias de los procesos selectivos, de conformidad con el contenido de los puestos de
supletoriamente por la normativa del E sobre la Función Pública 2.1.1 Los institutos de Medicina Legal y Ciencias Forenses trabajo que se oferten.
A los funcionarios interinos les será aplicable el régimen de los funcionarios de Los institutos de Medicina Legal y Ciencias Forenses son órganos técnicos adscritos al MJ o CCAA, cuya misión principal es auxiliar a la AdmJus en el ámbito de su disciplina científica y técnica.
carrera en lo que sea adecuado a la naturaleza de su condición y no el régimen de Existirá un IMLyCF en cada ciudad donde tenga su sede oficial un TSJ Artículo 481.
clases pasivas El Gº, a propuesta del MJ, previa petición de una CA, podrá autorizar que dicha sede sea la de la capitalidad adm de la CCAA, cuando sea distinta de la del TSJ. 1. En el Ministerio de Justicia existirá un Registro Central de personal funcionario al servicio de la Administración de Just icia, en el
Al personal funcionario de otras Adm que presten servicios en la AdmJus, para la El Gº podrá autorizar, previa petición, de una CCAA el establecimiento del IMLyCF en las restantes ciudades en el ámbito territorial del que se trate, con el ámbito de actuación que se que se inscribirá a todo el personal funcionario de los Cuerpos al servicio de la Administración de Justicia y en el que se a notarán
realización de funciones concretas y especializadas, les será de aplicación lo determine. preceptivamente todos los actos que afecten a la vida administrativa de los mismos.
dispuesto en la normativa de la Administración Pública que proceda Con sede en Madrid existirá un IMLyCF que prestará servicio a los diversos órganos de jurisdicción estatal. Este Registro Central incluirá la información relativa a los puestos de trabajo correspondientes a la Administración de Justi cia, su
El personal laboral se regirá por las disposiciones legales y reglamentarias, por el Mediante RD, a propuesta del MJ y previo informe del CGPJ y de las CCAA, se determinaran las norma generales de organización y funcionamiento de los IMLyCF y de actuación de los médicos situación, ocupación y evolución.
convenio colectivo que les sea de aplicación y por las estipulaciones de su contrato de forenses y del resto del personal funcionario o laboral adscrito a los mismos, pudiendo el MJ o el órgano competente de la CCAA dictar, las disposiciones pertinentes para su desarrollo y 2. Las Comunidades Autónomas podrán establecer en sus ámbitos territoriales registros respecto del personal al servicio de la
trabajo. aplicación. Administración de Justicia que preste servicios en los mismos.
Los IMLyCF contarán con unidades de valoración forense integral, podrán formar parte de los psicólogos y trabajadores sociales para garantizar la asistencia especializada a las víctimas de 3. El Ministerio de Justicia aprobará las normas que determinarán la información que habrá de figurar en el Registro Central de
1.4 Cuerpos Generales y Cuerpos Especiales: definición y Cuerpos que lo integran viogen. Podrán integrarse el resto de equipos psicosociales, incluyendo los equipos de técnicos de menores con formación especializa en familia, menores, personas con discapacidad y Personal y las cautelas que hayan de establecerse para garantizar la confidencialidad de los datos en los términos que establ ezca
Los cuerpos de funcionarios se clasificarán según el art 475 de LOPJ: violencia de género doméstica. Su formación será orientada desde la perspectiva de la igualdad entre hombres y mujeres. la legislación vigente.
• Cuerpos Generales cuando su cometido consista esencialmente en tareas Para la actualización de datos en los registros, el Ministerio de Justicia con la colaboración de las Comunidades Autónomas c on
de contenido procesal, sin perjuicio de la realización de funciones competencias asumidas establecerá los procedimientos e instrumentos de cooperación necesarios que garanticen, por una parte,
administrativas vinculadas a las anteriores. Son: 2.1.2 El instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses. la inmediata anotación de los datos de todo el personal, con independencia del lugar de prestación de servicios, y por otra, la
○ El cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa. La titulación El INTyCF es un órgano adscrito al MJ, cuya misión principal es auxiliar a la AdmJus y contribuir a la unidad de criterio científico, a la calidad de la pericia analítica y al desarrollo de las ciencias anotación de las creaciones, modificaciones o estados de ocupación actual e histórica de los puestos de trabajo asignados a l a
exigida para el acceso a este Cuerpo es la de Diplomado forenses. Administración de Justicia.
Universitario, Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico o Funciones: 4. Todo el personal tendrá libre acceso a su expediente individual, en el que, en ningún caso, figurará dato alguno relativo a su
equivalente. • Emitir los informes y dictámenes que soliciten las autoridades judiciales y el MF raza, religión u opinión ni cualquier otra circunstancia personal o social que no sea relevante para su trabajo.
○ El cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa. Acceso a • Practicar los análisis e investigaciones toxicológicas que sean ordenadas por las autoridades judiciales, gubernativas, MF ymédicos forenses en el curso de las actuaciones judiciales 5. Los funcionarios de carrera de la Administración de Justicia figurarán en el escalafón por orden de ingreso en el Cuerpo c on
este Cuerpo se exige estar en posesión del título de Bachiller o o diligencias previas de investigación hechas por el MF mención de, al menos, los siguientes datos:
equivalente. • Realizar análisis e investigaciones interesados por organismos o empresas públicas en cuestiones que afecten al interés general, en los supuestos previstos por el MF o en acuerdos a) Documento nacional de identidad.
○ El cuerpo de Auxilio Judicial. Graduado en eso o equivalente. o convenios realizados b) Nombre y apellidos.
• Cuerpos de especiales cuando su cometido suponga esencialmente el • Realizar informes, análisis e investigaciones solicitadas por particulares en el curso de procesos judiciales, o en condiciones que se determinen c) Tiempo de servicios en el Cuerpo.
desempeño de funciones objeto de una profesión o titulación específica. • Difundir conocimientos en materia toxicológica, contribuir a la prevención de las intoxicaciones y atender consultas
Son: • Actuar como centro de referencia en materias propias de su actividad en relación con los Institutos de Medicina Legal y otrosorganismos nacionales y extranjeros
○ Cuerpo de Médicos Forenses. Estar en posesión de los títulos • Efectuar estudios de toxicología y ciencias forenses, en las condiciones reglamentarias
oficiales de Licenciado o Graduado en Medicina y de • Colaborar con las universidades y las instituciones sanitarias y organismos nacionales e internacionales en todas las materias que contribuyan al desarrollo de la toxicología y las
especialista en Medicina Forense. ciencias forenses, de acuerdo con las instrucciones del MJ o los acuerdos o convenios.
○ El cuerpo de Facultativos del Instituto Nacional de Toxicología y La organización y supervisión corresponde al MJ. Tiene su sede en Madrid y su ámbito de actuación es en todo el territorio Nacional.
Ciencias Forenses. Ser licenciado en una carrera universitaria en Su estructura orgánica es por RD 862/1998
Ciencias Experimentales y de la Salud, que se determinará en Su sede central, donde radicará la Dirección del I estará integrado por 3 departamentos: Madrid, Barcelona y Sevilla, y una Delegación del Departamento de Sevilla en Santa Cruz de Tenerife
las convocatorias, según la especialidad por la que se acceda al Corresponde al Departamento de Madrid ejercer las funciones que les son propias del territorio, y TSJ de: Asturias, Cantabria, Castilla y León, Castilla-La mancha, Galicia, Murcia, País Vasco y
cuerpo. La Rioja
○ El cuerpo de Técnicos Especialistas del Instituto Nacional de Corresponde al Departamento de Barcelona las funciones propias y TSJ de: Aragón, Illes Balears, Cataluña, Navarra y Comunidad Valenciana.
Toxicología y Ciencias Forenses. Posesión del título Técnico Corresponde al Departamento de Sevilla las funciones propias, y TSJ: Andalucía, Ceuta, Melilla, Canarias y Extremadura.
Superior en Formación Profesional o equivalente de las Esta distribución territorial se realiza solo a los efectos prácticos organizativos de distribución del trabajo. Por necesidades del servicio, la Dirección General de Relaciones con la AdmJus podrá
familias profesionales que se determinen en las convocatorias, acordar que cualquiera ejerza transitoriamente funciones correspondientes a otro Departamento por tiempo determinado.
de conformidad con el contenido de los puestos de trabajo que Los departamentos colaborarán entre sí y con los Institutos de Medicina Legal en la realización de los trabajos que les fueren encomendados, estableciendo criterios de unificación de
se oferten. métodos, técnicas y procedimientos en las materias propias de su competencia.
○ El Cuerpo de Ayudantes de Laboratorio del Instituto Nacional Órganos directivos:
de Toxicología y Ciencias Forenses. Estar en posesión del título • Director de Instituto
de técnico en Formación Profesional o equivalente de las • Directores de los Departamentos
familias profesionales que se determinen en las bases de las • Director de la Delegación del Departamento de Sevilla en Santa Cruz de Tenerife
convocatorias de los procesos selectivos, de conformidad con • Comisión de Coordinación
el contenido de los puestos de trabajo que se oferten. Prestarán servicios funcionarios de los Cuerpos Especiales al servicio de la AdmJus. Podrán prestar servicios los funcionarios del resto de Cuerpos al servicio de AdmJus y otras adm, en las
condiciones y con los requisitos que se establezcan en las relaciones de puestos de trabajo, profesionales o expertos que sean necesarios para el desempeño de sus funciones u otro personal
1.5 Registro de personal para la realización de actividades propias o de carácter instrumental, contratados en régimen laboral.
Art 481 LOPJ: en el MJ existirá un Registro Central de personal funcionario al servicio
de la AdmJus , en el que se inscribirá a todo el personal funcionario de los Cuerpos al Los facultativos del INTyCF son funcionarios de carrera que constituyen un cuerpo nacional de titulados superiores al servicio de la admjus. Atendiendo a la actividad técnica y científica del
servicio de la AdmJus y en el que se anotarán preceptivamente, todos los actos que instituto podrán establecerse especialidades.
afecten a la vida administrativa de los mismos.
Incluirá la información relativa a los puestos de trabajo correspondientes, su Son funciones:
situación, ocupación y evolución. • Asistencia técnica en materia de sus disciplinas profesionales autoridades judiciales, gubernativas, al MF, y a los médicos forenses, en el curso de sus actuaciones judiciales o en las
Las CCAA podrán establecer en sus ámbitos territoriales registros respecto del diligencias previas de investigación.
personal que preste servicio en los mismos • Llevarán a cabo los análisis e investigación que le sean solicitados, emitirán los dictámenes e informes pertinentes y evacuarán las consultas que le sean planteadas por las
El MJ aprobará las normas que determinarán la información que habrá de figurar en autoridades citadas, particularidades en el curso de procesos judiciales y por organismos o empresas públicas que afecten alinterés general
el Registro Central de Personal y las cautelas • Contribuirán a la prevención de intoxicaciones.
Para la actualización de datos en los registros, el MJ con colaboración de las CCAA Prestarán sus servicios en el INTYCF, institutos de Medicina legal y ciencias forenses y unidades administrativas en los supuestos y condiciones determinados en los puestos de trabajo.
establecerá los procedimientos e instrumentos de cooperación necesarios, la Los técnicos especialistas son funcionarios de carrera que constituyen un cuerpo nacional de auxilio especializado al servicio de la admjus y realizarán funciones de auxilio técnico especializado
inmediata anotación de los datos de todo el personal, con independencia del lugar de en actividades científicas y de investigación propias del citado instituto así como los institutos de Medicina legal y ciencias forenses.
prestación de servicios, y por otra, la anotación de las creaciones, modificaciones o Prestarán servicio en los supuestos y condiciones establecidos.
estados de ocupación actual e histórica. Los ayudantes de laboratorio del INTYCF son funcionarios de carrera que constituyen un cuerpo nacional para la realización de funciones de apoyo propias de su formación en actividades
Todo el personal tendrá libre acceso a su expediente individua, en el que, en ningún científicas y de investigación de este instituto, institutos de Medicina legal y ciencias forenses en la forma y con las condiciones establecidas en las relaciones de puestos de trabajo.
caso figurará dato alguno relativo a su raza, religión u opinión ni cualquier otra Los funcionarios de los cuerpos especiales del INTYCF dependerán jerárquicamente del director de este instituto oh del director del Instituto de Medicina Legal y ciencias forenses en que
circunstancia personal o social que no sea relevante para su trabajo. presten servicios.
Los funcionarios de carrera de la AdmJus figurarán en el escalafón por orden de
ingreso en el Cuerpo con mención de, al menos, los siguientes datos: 2.1.3 el Consejo médico forense
• Documento nacional de identidad Real Decreto 355/2014 regula el Consejo de médicos forenses, el mapa competencial que queda dividido entre las administraciones autonómicas y la estatal.
• Nombre y apellidos La creación de los institutos de Medicina legal han supuesto un importante cambio en la organización y funcionamiento de la medicina forense permite avanzar, modernizar y mejorar.
• Tiempo de servicios en el Cuerpo Han reforzado la idea de contar con un órgano consultivo que asesore al administraciones y organismos públicos, oriente científicamente a médicos forenses y establezca coordinación con los
institutos de Medicina legal con el institutos nacional de toxicología y ciencias forenses y organismos internacionales
Se constituye como un órgano consultivo y de asesoramiento científico técnico en materia de medicina legal y ciencias forenses, cuyo último fin es contribuir al logro de una respuesta pericial
uniforme y de calidad por parte de los distintos profesionales, quienes tienen encomendada la función de apoyo y auxilio al funcionamiento de Juzgados y Tribunales y el ejercicio de la función
jurisdiccional.
Creación y naturaleza.
Órgano consultivo en materia científico-técnica dentro del ámbito de la Medicina Legal y Forense dependiente del Ministerio de Justicia y adscrito a la Dirección General de Relaciones con la
AdmJus, en el ejercicio de sus funciones con plena autonomía emitirá sus informes no vinculantes.
Sede y ámbito de actuación
El Consejo Médico Forense tiene su sede en Madrid y se extiende su ámbito al territorio estatal
Funciones, estructuras y composición
a) Funciones:
• Asesorar al MJ y a las CCAA con competencias al CGPJ y a FGE cuestiones que se sometan a su consulta, relacionadas con Medicina Legal y forense y con el Cuerpo nacional de
médicos forenses.
• Emitir informes sobre cuestiones de carácter científico-técnico que le consulten los institutos de Medicina legal en el ámbito de la Medicina Legal y forense pericial, docente,
divulgativa y de investigación y calidad.
• Impulsar la coordinación, comunicación e información de los institutos de Medicina legal entre sí y con la Administración General del Estado, CCAA, INTYCF, fin de divulgar y aplicar
los conocimientos y avances tecnológicos, promover la armonización del Servicio Médico Forense y el desarrollo, con el propósito de lograr la máxima garantía de efectividad en la
actividad.
• Promover la generación de procedimientos, proyectos y programas de calidad e investigación.
• Colaborar con los planes de formación inicial y continuada y remitir al mj y a las CCAA propuestas oportunas de planificaciónde formación de los médicos forenses.
• Impulsar la especialidad en el ámbito de los institutos de Medicina legal.
• Atender e informar las consultas planteadas por el funcionario del Cuerpo Nacional de Médicos Forenses en el ámbito científico.
Podrá contar con la colaboración de los institutos de Medicina legal y del INTYCF
Podrá:
• Mantener relaciones con otros organismos nacionales e internacionales.
• Asesorar a los juzgados, tribunales y al MF sobre pruebas periciales más idóneas para practicar en los casos de especial dificultad o relevancia, o sobre organismos competentes para
realizarla asesoramiento que se causará por medio de representantes de las carreras judicial y fiscal
En ningún caso tendrá competencia para efectuar directamente pericia alguna.
Elaborará anualmente una memoria de actividades desarrolladas en el cumplimiento de sus funciones coma que el MJ publicarán en el primer semestre del año siguiente.
b) Estructura del Consejo Médico Forense
Es un Órgano colegiado que funcionará en Pleno y por medio del Comité Científico-Técnico.
En un órgano colegiado que funcionará en plena y por medio del Comité Científico-Técnico. Le corresponde el estudio y propuesta de todo lo asunto de carácter científico.
Excepcionalmente podrá solicitar cese la colaboración de asesoramiento de órgano, instituciones o de tercera persona como personal experto tiene podrán asistir a las reuniones con voz pero
sin voto.
Composición del Pleno
Miembros:
a. Un Presidente que ostente la Dirección General de Relaciones con la AdmJus, y podrá ser sustituido por la personas que titular de la Subdirección General de Organización y
Coordinación Territorial de la AdmJus.
b. Tres representantes de la CCAA con traspaso remedio persona y materiales al servicio de la AdmJus en régimen de rotación anual, que representarán el resto y que ejercerán,
rotatoriamente, la vicepresidencia. Los criterios de designación y representación podrán incluirse en el reglamento de régimen interno
c. Siete médicos forenses electos, con experiencia acreditada, por ramas:
a. Dos para Patología Forense
b. Dos para Clínica Forense
c. Dos médicos forenses para el asesoramiento del cuestiones de laboratorio forense y organizativa de los Institutos de Medicina Legal y medicina legal
d. Un médico forense que ostente la dirección del Instituto de Medicina Legal, que presidiera Comité Científico -Técnico
d. Un representante del CGPJ designado
e. Un representante del MF perteneciente a la carrera fiscal designado por el FGE
f. Dirección del INTYCF
g. Funcionario de carrera del CNMF designado por el MJ
h. Funcionario del subgrupo A1 de la Dirección General de Relaciones con la AdmJus que actuará como secretario con voz y voto.
Los directores no mencionados anteriormente podrán ser convocados por el MJ la CA
Ausencia o enfermedad y en General causó justificativa, los miembros serán sustituidos por suplentes
La representante de AGE y organismo público dependiente designado por la miembro del CMF, se designarán con el principio de presencia equilibrada de mujeres y hombres, salvo razones
fundada y objetiva, debidamente motivada
Composición del Comité Científico-Técnico.
Está formado por boca de que sea volante la letra C y G de la estructura del Pleno.
Además formar parte de quien hacen de la secretaría del Pleno que también será del Comité Científico-Técnico. Esta función podrá ser ejercida por sustitución del miembro del comité que
designe el Presidente del consejo.
Los integrantes de la letra C serán elegidos democráticamente de conformidad con lo siguiente:
• La presidencia será entre los directores del Instituto de Medicina Legal.
• Los médicos forenses de cada rama los serán entre todos médico forense en activo.
• Los otros dos médicos forenses que se especialicen en el laboratorio y ordenación serán elegido por la dirección, subdirección o jefatura del servicio de Instituto de Medicina Legal,
de un instituto anatómico forense o de una clínica médico forense, con experiencia acreditada de al menos 5 años en el desempeño de esos puestos.
Son electores todos los funcionarios de carrera del CNMF que hayan tomado posesión de su plaza y estén en situación de servicio activo.
Son elegibles los funcionarios de carrera del CNMF que lleven diez años de servicio activo prestados en el mismo y acrediten especial cualificación profesional, atendiendo a méritos objetivo
de formación, docencia e investigación seguro criterios. No podrán ser elegibles quienes hayan sido sancionados, salvo cancelación de la anotación.
El censo será elaborado por la subdirección General de medios personales al servicio de AdmJus y los respectivos órganos de las CCAA. Se publicará en el portal de AdmJus del MJ y en las
CCAA.
Los integrantes serán elegidos por un periodo de cinco años.
Por resolución del director General de relaciones con la AdmJus se aprobará la situación y que regulen la primera elección de los miembros del Comité Científico-Técnico. Serán ratificada por el
Pleno, y podrán incorporarse reglamento interno del Consejo para la regulación de sus sucesivas selecciones.
Los miembros del consejo médico forense, al igual que los expertos, no percibirán remuneración alguna para el desempeño de sus funciones.
c)Régimen de funcionamiento
Normas de funcionamiento
RD 355/2014 y sus normas de desarrollo,
El CMF se regirá por el capítulo dos del título dos de la ley 30/1992, régimen jurídico de las AdmPub y del procedimiento administrativo común
Tanto el Pleno, el Comité Científico-Técnico elaborarán sus propias normas de régimen interno.
Reuniones del Pleno del CMF
Generalmente el Pleno del CMF se reunirá una vez al año y, extraordinariamente, cuando decida la Presidencia teniendo en cuenta las peticiones del Comité Científico-Técnico y de los demás
miembros formuladas con antelación.
Las reuniones se convocarán con la persona que ostente la Secretaría por orden de la Presidencia y se comunicará su celebración por medios electrónicos con antelación mínima de diez días.
La administración concederá y facilitará las autorizaciones para desplazamiento necesario.
Para que sea válida la constitución y celebración de las deliberaciones y adopción se requerirá la presencia de la Presidencia de la secretaria o sus sustitutos y la mitad al menos de sus
miembros.
Para que sean válidos los acuerdos se necesitará el voto favorable de la mitad más uno de los asistentes y en caso de empate lo decidiera la Presidencia.
De los informes y propuestas emitidos se dará la publicidad acordada.
Las comunicaciones oficiales con el CMF, Comité Científico-Técnico, o Pleno, se realizará por medio de la Secretaría.
El Comité Científico-Técnico
Realizará los estudios e informes científicos se preparará los asuntos y documentos que se presentarán al Pleno para su debate y aprobación.
Las reuniones serán autorizadas por la Presidencia del consejo.
Acuerdos del CMF
La difusión y traslado de los acuerdos adoptados por el CMF se realizarán por medio de la Secretaría del Pleno. Previamente soy función externa, estarán a disposición de los miembros del
Pleno durante el plazo que se establezca el reglamento de funcionamiento interno.
Se adoptarán las medidas necesarias que garanticen a los funcionarios en activo del CNMF que tengan conocimiento de los acuerdos referidas a cuestiones que les afecten, salvo el asunto
estudiado calificado como confidencial.
Uso de las nuevas tecnologías
Las comunicaciones del consejo, como revela realizadas en el cumplimiento de lo establecido en el régimen de funcionamiento del consejo, se realizarán, por medio del correo electrónico
Para mayor agilidad podrá celebrar sesiones y adoptar acuerdos sin necesidad de celebrar sesión presencial en la forma que se establezca en las normas de régimen interno.
La Presidencia la Secretaría impulsará en esta vía de comunicación el uso del video conferencias, internet y cualesquiera otros para facilitar y agilizar.
2.2 Funciones
Conforme el artículo 479 de la LOPJ, son funciones de los médicos forenses:
• La asistencia técnica a juzgados, tribunales y fiscalías en materias de su disciplina profesional, emitiendo informes y dictámenes en el marco del proceso judicial o las actuaciones de
investigación criminal.
• La asistencia vigilancia facultativa de los detenidos, lesionados o enfermos, que estén bajo la jurisdicción de los juzgados,tribunales y fiscalías, en los supuestos y formas
determinado por la ley.
• Emisión e informe Nelly dictamen en la solicitud de registro civil, en los supuestos y condiciones que determine su legislación específica.
• Emisión de informes y dictámenes, a solicitud de particulares en las condiciones reglamentarias.
• La realización de funciones de docencia, periciales o de investigación, por motivos de interés General, de acuerdo con las instrucciones que establezca el ministerio de justicia o la
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