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Tema 1. Concepto de derecho romano

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25-05-2023
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2020/2021

CONTENIDO: 1. Concepto del derecho 2. Fuentes: concepto, clases y crítica 3. Etapas históricas del Derecho Romano 4. Organizaciones precívicas y la fundación de Roma 5. El Estado monárquico : fases y características de la Constitución Monárquica 6. Poderes del rey 7. El Senado 8. Comitia Curiata 9. Derecho arcaico: mores maiorum, ius, fas

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Henar murillo villar
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TEMA 1. CONCEPTO DE
DERECHO ROMANO
1.CONCEPTO DEL DERECHO
753a.C. (fundación de Roma) a.C.-565 d.C. (muerte de Justiniano)
- Definición: El derecho romano es un derecho histórico (no se encuentra en vigor)
surgido en Roma. Podemos definirlo como conjunto de normas jurídicas con las cuales
los romanos ponían orden en sus relaciones sociales y económicas, es decir; la
experiencia jurídica del pueblo romano. Lo encontramos en la compilación de
Justiniano, el Corpus Iuris Civilis. Se trata pues, de un ordenamiento jurídico impuesto
por instituciones ajenas al individuo y que todos estamos obligados a respetar, puesto
que el Derecho pretende evitar conflictos sociales. Sorprende además por su
perfección, su pervivencia en el tiempo y su extensa área de influencia, siendo la raíz
común de los derechos nacionales de los estados europeos por lo que todo derecho
tiene bases en el romano.
Nuestra legislación actual procede del latín porque nuestro ordenamiento jurídico es
de base romanística.
- Objetivo: Tener un conocimiento histórico de las instituciones jurídicas por las que se
rigió el pueblo romano.
Una ventaja del estudio del derecho romano es que lo podemos conocer desde su
inicio, su esplendor y su desaparición, es decir, se puede estudiar al completo.


2. FUENTES: CONCEPTO, CLASES Y CRÍTICA:
(El título preliminar del código civil se llama fuentes del derecho.)
Las fuentes de conocimiento son aquellos instrumentos a los que acudimos para conocer el
Derecho romano, entendiendo como tal cualquier testimonio del mundo antiguo que nos
permita obtener información sobre la evolución jurídica del pueblo romano.
Diferenciamos 2 tipos de fuentes:
1. Fuentes de producción: Tienen sentido material. Poseen capacidad para crear derecho.
Ej.: Asambleas, magistrados, juristas…
2. Fuentes de conocimiento: Medios que nos permiten reconocer el derecho real. Ej.:
Mores maiorum. Estas fuentes se dividen a su vez en dos:
a) Fuentes técnicas: documentos o escritos jurídicos
b) Fuentes a técnicas: no dan información exclusiva de Derecho, sino que deriva de
forma casual.
c) Mediatas: así conocemos el Derecho romano por comparación con otras fuentes
d) Inmediatas: aportan información directa
e) Directas: por su proximidad nos conducen a la información
f) Indirectas: aportan información, pero no de manera directa


3. ETAPAS HISTÓRICAS DEL DERECHO ROMANO
En Roma hubo diferentes regímenes políticos y diferentes situaciones sociales, lo que nos
permite diferenciar varias etapas:
1. ARCAICA 754 a.C.-367 a.C.
2. PRECLÁSICA O REPUBLICANA 367 a.C.-27 a.C.

, 3. CLÁSICA 27 a.C.-284 d.C.
4. POSCLÁSICA 284 d.C.-476 d.C.
5. JUSTINIANEA 476 d.C.-565 d.C

 ARCAICA (753-367 A.C.): Surge cuando se funda Roma, por Rómulo, en el 754, quien
sería el primer rey y acaba con la creación las Leges Liciniae-Sextiae. En esta época la
monarquía es vitalicia pero no hereditaria y también se vive un periodo de república.
Preclásica: Coincide con la República. Destacan las XII Tablas, las cuales plasman por
escrito las normas habituales y que suponen un primer punto de encuentro entre
patricios y plebeyos. Además, se determinan en materia de Derecho las normas, se
instaura la figura del Pretor y se reconocen ciertos derechos a los plebeyos.
 REPUBLICANA (367-27 A.C.): se llama así por ser la república la forma política
imperante. Comienza cuando aparece la figura del Pretor Peregrinus y va hasta el año
27 a.C., cuando se le conceden a Augusto ciertos poderes extraordinarios que
determinan la caída de la República y el inicio de un nuevo régimen político, el
Principado. En el ámbito Jurídico esta época es importante porque se crean los
conceptos fundamentales del Derecho romano, tales como Legatum (legado),
Hereditas (herencia), Dominium (dominio) y Servus (servidumbre). Es la etapa del
interpretatio y de nuevas magistraturas.
 CLÁSICA (27 A.C-284 D.C): es la etapa de mayor esplendor y perfección en lo que ha
Derecho Romano se refiere, y discurre hasta la subida al trono de Diocleciano,
instaurador de la monarquía absoluta. Reseñamos la Constitución de Caracalla 212 d.C
y la concesión de la ciudadanía romana a todos los habitantes del Imperio Romano. El
Derecho romano se extiende así a todos los habitantes. Es una época de gran
desarrollo mercantil y de los grandes juristas, cuyas obras se recogen en el Digesto de
Justiniano.
 POSTCLÁSICA (284-476 D.C): en el 395 se produce la división del Imperio Romano
entre oriente y Occidente. En el Occidental se inicia el declive en el 476, cuando cae en
mano de los bárbaros; el Oriental perdurará hasta 1453 año en que Constantinopla es
invadida por los turcos. Se hace necesario codificar el Derecho: se compilan las
Constituciones imperiales y los iura. Se destaca el 313, ya que a partir de este año el
derecho se impregna de la religión cristiana. En el año 426 se promulga la Ley de Citas,
que ponía coto al número de juristas clásicos a los que se podía apelar con fuerza de
ius ante un tribunal. Los más eminentes son Gallo, Paulo, Modestino, Ulpiano y
Patiniano.
 JUSTINIANEA O COMPILADORA (476-565 D.C): Se da en la parte oriental. El
emperador Justiniano escribe el Corpus Iuris Civilis, compilación en la que se recogía
todo el saber jurídico romano, el cual entra en vigor en Alemania hasta 1900, fecha
cuando se publica el Código Civil Alemán. El Corpus Iuris Civilis se divide en cuatro
partes: Instituciones, Digesto, Código y Nuevas Instituciones (novellae leges o Novelas)


4.ORGANIZACIONES PRECÍVICAS Y LA FUNDACIÓN DE
ROMA:
La ciudad de Roma se funda en el año 753 a.C según la leyenda de Rómulo y Remo, se nutrió
de cuatro culturas diferentes: los latinos y sabinos, los etruscos y los griegos.
Los etruscos llegan a la Península Itálica en torno al siglo IX a.C. La cultura era muy avanzada y
políticamente avanzada. Dominaban la agricultura, la ganadería y la metalurgia. Conocían la
vida urbana. Al frente de sus ciudades-Estado se encontraba un Rex (rey). Los romanos se
nutrieron además de la cultura griega. Los griegos estaban situados al sur de Italia, en la isla de
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