CAPÍTULO IX EL ESTADO CONSTITUCIONAL COMO ESTADO SOCIAL
TEMA 9
EL ESTADO CONSTITUCIONAL COMO ESTADO SOCIAL
I. Introducción: constitucionalismo y superación del liberalismo económico.
Desde la mitad del siglo XIX se sucedieron unos cambios en los contextos sociales y demográficos. La
sociedad cada vez demandaba más al Estado y este aumentaba su catálogo. La adaptación a las nuevas
circunstancias sociales produjo convulsiones en países, lo que culmina después de la IGM cuando se produce
la aparición de fórmulas estatales alternativas al Estado Liberal como el Estado Socialista y el Estado Fascista.
En algunos contextos geográficos, el Estado Liberal evolucionó hacia el Estado Social. El Estado Social se
basa en unos elementos como son la libertad individual, la propiedad privada, los derechos y libertades, etc.
La finalidad del Estado Liberal de Derecho es asegurarse la protección de las personas y sus derechos frente
al Estado. Se consideraba un mal necesario porque limitaba la actuación de los individuos. La aparición de las
masas requiere del Estado una intervención de arbitraje y reequilibrio social. El Estado pasa a ser un ejecutor
de la justicia distributiva y empieza a realizar una función social con la implantación de medidas correctoras
que satisfacen demandas sociales y corrigen las disfunciones existentes.
El Estado Social ha evolucionado por unas fases:
1. Fase de articulación legislativa. Se introducen elementos de corrección al individualismo liberal a través
de una legislación ordinaria (ej. temas laborales pasan a estar regulados por la ley); determinados asuntos
pasan del Derecho dispositivo al Derecho imperativo. Aparecen leyes como la de la duración máxima de
la jornada laboral o el salario mínimo.
2. Fase de incorporación a las Constituciones. Se introducen los elementos nucleares del Estado Social a
las Constituciones. Tiene lugar en el primer tercio del siglo XX. La primera fue la Constitución de
Querétaro (1917).
En Europa la primera Constitución con elementos del Estado Social es la alemana de 1919.
Estos elementos pueden ser divididos en dos apartados:
- La formulación en las constituciones de los derechos económicos y sociales.
- La incorporación a las constituciones de preceptos que legitiman el intervencionismo del Estado en la
economía.
II. Caracteres del Estado Social.
El Estado Social debe tener cuatro características: dos fundamentales para su funcionamiento y dos
complementarias que lo caracterizan como Estado Social de Derecho.
1. Intervencionismo económico del Estado.
Se trata de legitimar la actuación del Estado en la vida económica y social. Es consecuencia de la demanda de
la sociedad al Estado con la finalidad de que use sus mecanismos para conseguir el mínimo existencial. Ese
mínimo se relaciona con el concepto de procura existencial. La persona para llevar una vida digna necesita
tener garantizado un espacio vital, pero las transformaciones de los contextos hacen que esto se dote de gran
complejidad. Dentro del espacio vital distinguimos entre:
- Espacio vital dominado: la propia persona es capaz de dotarse de su propio espacio vital.
- Espacio vital efectivo: es el que necesita la persona; pero no está en su mano la consecución de la
totalidad del mismo.
A lo largo de la historia se han producido dos fenómenos superpuestos: el ámbito del espacio vital efectivo se
ha hecho cada vez mayor, pero dentro de ese mayor espacio vital necesario el ámbito del espacio vital
dominado se ha ido reduciendo. La diferencia entre el espacio vital efectivo y el espacio vital dominado es la
procura existencial (ej. en una aldea africana el hecho de construir un pozo estaría en el espacio vital dominado
porque está en su mano hacerlo no. En las ciudades, abrir un grifo estaría en el espacio vital efectivo.
Las sociedades desarrolladas acrecentan el espacio vital efectivo, pero dentro de él, disminuye el espacio vital
dominado. Los individuos necesitamos que alguien nos procure la diferencia entre espacio vital dominado y
el espacio vital efectivo, denominado procura existencial. De ahí la demanda social al Estado y la implantación
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DERECHO CONSTITUCIONAL I
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