IMPUESTOS Y ARTICULOS NOTARIALES QUINTANA ROO:
Artículo 12.- La vivienda de interés social y popular tendrá un deducible equivalente para la Zona A y Zona B a 5 días Salario Mínimo
General vigente diario en el Estado de Quintana Roo y para la Zona C a 10 días de Salario Mínimo General vigente diario en el Estado
de Quintana Roo elevado al año, mismo que será aplicable a la base para el cálculo del impuesto.
Para los efectos de este artículo se considera:
I.- Vivienda de interés social, aquella cuyo valor al término de su edificación, no exceda de la cantidad que resulte de multiplicar para
la Zona "A" por diez y para la Zona "B" y Zona "C" por quince el Salario Mínimo General vigente diario en el Estado de Quintana
Roo elevado al año;
II.- Vivienda popular; aquella cuyo valor al término de su edificación, no exceda del importe que resulte de multiplicar para la Zona A
por veinte y para la Zona B y Zona C por veinticinco el Salario Mínimo General vigente diario en el Estado de Quintana Roo elevado
al año;
y III.- Zona A, B y C, las establecidas en el artículo 4 bis de la Ley de Hacienda de los Municipios del Estado de Quintana Roo.
Gastos del vendedor, isr de la federación, entidad federativa
, FICHA TECNICA
IMPUESTOS EN PRESUPUESTOS NOTARIALES
GASTOS DEL VENDEDOR GASTOS DEL COMPRADOR
IMPUESTOS POR PARTE DEL VENDEDOR: IMPUESTOS POR PARTE DEL COMPRADOR:
1) ISR 1) ISAI
2) INSCRIPCION ANTE EL REGISTRO
PUBLICO NACIONAL.
3) IMPUESTO PREDIAL
IMPUESTOS QUE SE PAGAN EN UNA IMPUESTOS QUE SE PAGAN EN UNA
COMPRAVENTA PARA EL VENDEDOR: COMPRAVENTA PARA EL COMPRADOR:
LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA ISAI
El ISR, se aplica a la enajenación de bienes Este se genera cuando se adquiere un inmueble,
inmuebles, el cual puede llegar a alcanzar un 35% ya sea un terreno, una casa o un departamento,
del valor de la casa o departamento. cuando el notaeio informa sobre el monto a pagar
Artículo 12.- La vivienda de interés social y popular tendrá un deducible equivalente para la Zona A y Zona B a 5 días Salario Mínimo
General vigente diario en el Estado de Quintana Roo y para la Zona C a 10 días de Salario Mínimo General vigente diario en el Estado
de Quintana Roo elevado al año, mismo que será aplicable a la base para el cálculo del impuesto.
Para los efectos de este artículo se considera:
I.- Vivienda de interés social, aquella cuyo valor al término de su edificación, no exceda de la cantidad que resulte de multiplicar para
la Zona "A" por diez y para la Zona "B" y Zona "C" por quince el Salario Mínimo General vigente diario en el Estado de Quintana
Roo elevado al año;
II.- Vivienda popular; aquella cuyo valor al término de su edificación, no exceda del importe que resulte de multiplicar para la Zona A
por veinte y para la Zona B y Zona C por veinticinco el Salario Mínimo General vigente diario en el Estado de Quintana Roo elevado
al año;
y III.- Zona A, B y C, las establecidas en el artículo 4 bis de la Ley de Hacienda de los Municipios del Estado de Quintana Roo.
Gastos del vendedor, isr de la federación, entidad federativa
, FICHA TECNICA
IMPUESTOS EN PRESUPUESTOS NOTARIALES
GASTOS DEL VENDEDOR GASTOS DEL COMPRADOR
IMPUESTOS POR PARTE DEL VENDEDOR: IMPUESTOS POR PARTE DEL COMPRADOR:
1) ISR 1) ISAI
2) INSCRIPCION ANTE EL REGISTRO
PUBLICO NACIONAL.
3) IMPUESTO PREDIAL
IMPUESTOS QUE SE PAGAN EN UNA IMPUESTOS QUE SE PAGAN EN UNA
COMPRAVENTA PARA EL VENDEDOR: COMPRAVENTA PARA EL COMPRADOR:
LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA ISAI
El ISR, se aplica a la enajenación de bienes Este se genera cuando se adquiere un inmueble,
inmuebles, el cual puede llegar a alcanzar un 35% ya sea un terreno, una casa o un departamento,
del valor de la casa o departamento. cuando el notaeio informa sobre el monto a pagar