Tema 9: La etapa Alta Edad Moderna del
derecho. Siglo XVI y XVII
1.Introducción
A finales del siglo XV y principios del XVI, se produce una serie de acontecimientos novedosos de todo tipo.
Acontecimientos políticos, culturales, económicos.. esos cambios con relación a la etapa medieval hacen que
muchos historiadores hables de una nueva etapa histórica.
La edad moderna, como nueva etapa, comprende esencialmente 3 siglos (XVI, XVII y XVIII), finalizando a
principios del siglo IX porque surge una nueva organización política y jurídica, una nueva mentalidad, formas
de vida nuevas, dando su comienzo con la etapa constitucional o la etapa de la codificación, comenzando la
edad moderna a ser llamada Antiguo Régimen.
Hay 2 subetapas:
Alta edad moderna: comienza con los reyes católicos y finaliza a principios del siglo XVIII, sin que
este forme parte de la alta edad moderna. Esta etapa coincide con la dinastía de los Austrias
Baja edad moderna: comprende el siglo XVIII, coincidiendo con la dinastía borbónica en el trono
español.
2. La Alta Edad Moderna
2.1 Acontecimientos políticos
1) La unión de la Corona de Aragón y de Castilla como consecuencia del matrimonio de los
reyes católicos: al casarse en el 1469, se unen las dos Coronas.
2) Finaliza la reconquista: con la toma de Granada en 1492.
3) Descubrimiento de América: también en el 1492. Es importante desde un punto de vista
jurídico porque en las nuevas tierras se extiende el Derecho Castellano. Posteriormente se irá
creando un derecho específico, denominándose “Derecho Indiano”
4) Se incorpora el Reino de Navarra a la Corona de Castilla: en el 1512, perteneciente al siglo
XVI, teniendo una incorporación tardía.
5) Surge la idea de Estado: como entidad política, que consiste en una organización política bien
estructurada que se apoya en un aparato burocrático muy consolidado. El rey es un burócrata por
dedicarse a la documentación.
Por otro lado, el Estado se basa también en soldados profesionales. Además se llega al punto
culminante en el absolutismo regio tanto en la alta edad moderna como en la baja edad moderna,
siendo un rey absoluto quien tenga todo el poder. El Estado absolutista se realizó para hacer frente
a los dominios territoriales que acumularon los monarcas de la dinastía de los Austrias, creando
un imperio territorial.
2.2 Repercusiones jurídicas de los acontecimientos políticos
Un derecho siempre va a responder a los problemas de una determinada sociedad. Cuando la sociedad
cambia, el derecho cambia. Sin embargo, con frecuencia, el derecho cambia más lentamente que la
sociedad y, por dicho motivo, en la Alta Edad Moderna existe una continuidad con el derecho anterior, el
derecho de la Baja Edad Media. Textos jurídicos que siguen manteniendo incluso. Por ejemplo: el Código
de las 7 partidas de Alfonso X el Sabio.
No obstante, las nuevas circunstancias políticas y económicas de este periodo terminan afectando al
derecho vigente de forma que:
El derecho comenzará a ser una creación del rey absoluto.
El derecho general y oficial va desplazando al derecho local: dicho derecho general era el
creado por el rey, por lo que solo le interesaba un derecho para todos igual, aunque también
contará con las Cortes.
derecho. Siglo XVI y XVII
1.Introducción
A finales del siglo XV y principios del XVI, se produce una serie de acontecimientos novedosos de todo tipo.
Acontecimientos políticos, culturales, económicos.. esos cambios con relación a la etapa medieval hacen que
muchos historiadores hables de una nueva etapa histórica.
La edad moderna, como nueva etapa, comprende esencialmente 3 siglos (XVI, XVII y XVIII), finalizando a
principios del siglo IX porque surge una nueva organización política y jurídica, una nueva mentalidad, formas
de vida nuevas, dando su comienzo con la etapa constitucional o la etapa de la codificación, comenzando la
edad moderna a ser llamada Antiguo Régimen.
Hay 2 subetapas:
Alta edad moderna: comienza con los reyes católicos y finaliza a principios del siglo XVIII, sin que
este forme parte de la alta edad moderna. Esta etapa coincide con la dinastía de los Austrias
Baja edad moderna: comprende el siglo XVIII, coincidiendo con la dinastía borbónica en el trono
español.
2. La Alta Edad Moderna
2.1 Acontecimientos políticos
1) La unión de la Corona de Aragón y de Castilla como consecuencia del matrimonio de los
reyes católicos: al casarse en el 1469, se unen las dos Coronas.
2) Finaliza la reconquista: con la toma de Granada en 1492.
3) Descubrimiento de América: también en el 1492. Es importante desde un punto de vista
jurídico porque en las nuevas tierras se extiende el Derecho Castellano. Posteriormente se irá
creando un derecho específico, denominándose “Derecho Indiano”
4) Se incorpora el Reino de Navarra a la Corona de Castilla: en el 1512, perteneciente al siglo
XVI, teniendo una incorporación tardía.
5) Surge la idea de Estado: como entidad política, que consiste en una organización política bien
estructurada que se apoya en un aparato burocrático muy consolidado. El rey es un burócrata por
dedicarse a la documentación.
Por otro lado, el Estado se basa también en soldados profesionales. Además se llega al punto
culminante en el absolutismo regio tanto en la alta edad moderna como en la baja edad moderna,
siendo un rey absoluto quien tenga todo el poder. El Estado absolutista se realizó para hacer frente
a los dominios territoriales que acumularon los monarcas de la dinastía de los Austrias, creando
un imperio territorial.
2.2 Repercusiones jurídicas de los acontecimientos políticos
Un derecho siempre va a responder a los problemas de una determinada sociedad. Cuando la sociedad
cambia, el derecho cambia. Sin embargo, con frecuencia, el derecho cambia más lentamente que la
sociedad y, por dicho motivo, en la Alta Edad Moderna existe una continuidad con el derecho anterior, el
derecho de la Baja Edad Media. Textos jurídicos que siguen manteniendo incluso. Por ejemplo: el Código
de las 7 partidas de Alfonso X el Sabio.
No obstante, las nuevas circunstancias políticas y económicas de este periodo terminan afectando al
derecho vigente de forma que:
El derecho comenzará a ser una creación del rey absoluto.
El derecho general y oficial va desplazando al derecho local: dicho derecho general era el
creado por el rey, por lo que solo le interesaba un derecho para todos igual, aunque también
contará con las Cortes.