El derecho internacional es la ley que rige las relaciones entre los estados.
La dificultad de definir el concepto de derecho internacional viene porque la gente marca su
comienzo en distintos puntos en la historia.
La historia determina la evolución del derecho internacional. El derecho internacional es
el resultado del desarrollo histórico.
Son los estados los que crean el derecho internacional y determinan los tratados.
El derecho internacional resuelve los problemas a los que un estado solo e individualmente no
puede dar respuesta.
Positivizar: pasar un valor natural (ius Naturale) a un ius Gentium. Es decir, pasar un valor a
norma. Por ejemplo: pasar de la dignidad humana a una norma que dice que si se viola la
dignidad humana habrá un castigo x.
El derecho internacional no se puede separar de la evolución histórica porque son los estados
los que crean el derecho internacional.
Por mucho que haya una ley natural que diga que todos somos iguales, si no lo positivizo (si
no lo convierto en ley) no sirve para nada porque no se cumple.
La necesidad de garantizar la paz y la seguridad aparece por primera vez con la Paz de
Westphalia. La Paz de Westphalia fue muy pragmática. ¿Por qué aparece ahí la necesidad de
garantizar la paz y la seguridad? Porque la paz y seguridad garantizan el crecimiento de las
naciones. Si un país está en guerra es imposible que crezca y que se desarrolle. Hay paz porque
les conviene a las dos partes.
La paz de Westphalia fue un tratado que puso fin a la guerra de 30 años. Estableció la paz
después de la guerra que duró de 1618 a 1648. Esta guerra se dio en Europa central, entre
católicos y protestantes.
En el derecho internacional dos países no tienen por qué quererse, pero se llevan bien porque
les conviene a los dos, por temas económicos, comerciales… La sociedad internacional es
pragmática, y crea leyes pragmáticas.
, Eneida Saldias Múgica
Los 4 principios de la Paz de Westphalia (1648) son muy importantes porque los 4 se mantienen
hoy en día:
- El principio de integridad territorial de los Estados
- El principio de jurisdicción territorial de los Estados
- El principio de igualdad soberana de los Estados
- No intervención en los asuntos internos
La primera organización internacional fue el pacto de la sociedad de naciones, la Liga de
Naciones. La liga se estableció para promover la cooperación internacional y lograr la paz y
seguridad internacionales. Fracaso de la liga de las naciones.
LA FUNDACION DE LA ONU EN 1945 FUE UN PASO ESENCIAL EN LA CREACION
DE UN NUEVO ORDEN MUNDIAL. Hay 5 miembros que son incambiables en el Consejo
de Seguridad de la ONU: Francia, Inglaterra, China, Rusia y Estados Unidos. Estos 5 países
son los que ganaron la Segunda Guerra Mundial. Luego hay otros 10 que se van cambiando.
Totalmente hay 15 miembros en la ONU: 5 permanentes y 10 no permanentes.
En el derecho internacional PRAGMATISMO puro y duro.
La sociedad internacional no es justa. Todo funciona por intereses. Hay países que interesan
por petróleo etc y otros países que no interesan porque no tienen nada.
SOBERANÍA ESTATAL
Hay otros actores aparte de los Estados que actúan e influyen a nivel internacional:
multinacionales, organizaciones (OTAN, Unión Europea, Common Wealth, ONU, FIFA,
Banco Mundial, FMI, OMC (organización mundial del comercio), OPEC, OMS…).
La política internacional no es una relación entre iguales.
El Concierto de Europa se desarrolló a partir del Congreso de Viena.
La Liga de Naciones: es el propulsor de la ONU, es lo mismo que las Naciones Unidas. La
ONU es un plagio de la liga de naciones, se copió literalmente.
El secretario general de la ONU es actualmente GUTERRES.
El tribunal que se creó bajo el mandato de la ONU y depende de la ONU es LA CORTE
INTERNACIONAL DE JUSTICIA. Está en la Haya, Holanda (su sede principal).
La Liga de Naciones fracasó principalmente porque no supo evitar el fascismo en Alemania.
Las organizaciones internacionales son creadas por los Estados y tienen el poder que los estados
quieren darle.
, Eneida Saldias Múgica
La ONU llega en 1945 y fue un paso esencial en la creación de un nuevo orden mundial.
La Guerra Fría entre Estados Unidos y La Unión Soviética (Rusia hoy en día).
Es muy importante distinguir la igualdad formal de la igualdad real.
Con la globalización las fronteras estatales son mucho más difusas. La globalización implica
que tenemos un derecho mucho más volátil. Los estados necesitan cooperar entre ellos porque
los retos que tenemos son mucho más transfronterizos.
Los diferentes actores del derecho internacional están interesados en el derecho internacional,
ya que cada año hay 1500 tratados nuevos.
La ONU no es una autoridad central pero puede que se convierta en una autoridad global, no
lo sabemos. La ONU será lo que los estados miembros quieran que sea.
LA NATURALEZA DEL DERECHO INTERNACIONAL: TEORÍAS CLÁSICAS
Neomedievalismo: que desaparezca el Estado y que sean las empresas, las organizaciones
internacionales, etc. los que determinen el derecho internacional. No sabemos si esto pasará o
no, es una hipótesis.
El DIP va más lento que la evolución de la realidad internacional, por eso la existencia de
abundantes tratados.
ius naturalis: lo que entendemos por valores naturales supremos
El ius naturalis se sigue viendo en el derecho interno. Porque hay cosas que todos vemos que
están mal, basándonos en la dignidad humana.
Crítica al derecho natural: difumina las líneas entre el derecho y la moral. Deberían de ir aparte.
El positivismo determinó de manera pragmática lo que es el derecho y lo que es la moral, los
separó. El positivismo está basado en un sistema legal estructurado y coherente, creado por los
Estados a la luz de sus intereses y deseos (rechaza la moral, la política…). Jellinek era muy
positivista, dejando de lado cualquier ley natural.
, Eneida Saldias Múgica
Naturalismo: vemos la influencia de valores superiores.
Positivismo: solo se centra en la norma, en lo escrito. Deja de lado todos los valores superiores.
Realismo: ni el naturalismo ni el positivismo son teorías válidas para explicar el derecho
internacional porque no supieron evitar la segunda guerra mundial. El DIP refleja una realidad,
es un reflejo de la realidad internacional, no es una composición de valores morales o
estructuras lógicas esterilizadas. Según el realismo el derecho internacional REFLEJA la
realidad internacional, no lo influencia.
Formalismo: para el formalismo ciertas reglas se vuelven DIP solo cuando toman la forma de
las tres fuentes formales (tratado, costumbre o principio general).
Nuevas teorías: critican las teorías clásicas porque no reflejan la realidad internacional actual.
El derecho internacional sigue siendo hegemónico, tiene rasgos coloniales y postcoloniales. El
modelo de la ONU es deficitario (déficit democrático, falta de transparencia y responsabilidad).
La crítica virtual a la situación actual de la pobreza por culpa de la FMI, BM, OMC.
El derecho internacional rompe todos los esquemas de lo que hemos aprendido hasta ahora: no
está estructurado por ejemplo. Por eso es complejo y tiene un carácter problemático. No
tenemos un manual de instrucciones, no tenemos una constitución. El DIP es muy complicado.
Es muy difícil poner de acuerdo a muchos países, muy distintos entre ellos.
Las relaciones en el derecho internacional son mucho más flexibles, volátiles. La igualdad
soberana y el consentimiento.
El poder legislativo a nivel estatal es el parlamento (en el caso de España el parlamento
lo forman las cortes). El poder legislativo en el DIP es la ASAMBLEA GENERAL. Las
resoluciones de la asamblea general no son vinculantes.
El poder ejecutivo a nivel estatal es el gobierno. El poder ejecutivo en el DIP es el
CONSEJO DE SEGURIDAD. No es democrático porque sólo hay 5 países.
El poder judicial a nivel estatal son los tribunales. El poder judicial en el DIP es la
CORTE INTERNACIONAL DE JUSTICIA, que está en la Haya, Holanda. Cuando
tenemos una resolución en el derecho internacional no puedes obligar a cumplir algo a
nadie, aunque lo diga la resolución, ya que no hay una policía internacional.
Los cascos azules de la ONU actúan con orden del Consejo de Seguridad.
El problema principal que tenemos con el DIP: las deficiencias en la prevención y sanción de
sus violaciones. El consejo de seguridad no tiene legitimidad porque solo 5 estados tienen la
palabra para determinar qué es paz y qué es seguridad. Hay también problemas de efectividad.
La composición del consejo de seguridad, el poder de veto y el doble estándar. El doble
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