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Apuntes siglo XIX (19) Historia de españa EVAU

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Incluye los 4 subloques que integran el siglo XIX de la historia de españa de madrid para la evau. Están resumidos para ajustarse al tiempo y extensión de esta prueba

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  • July 10, 2024
  • 14
  • 2021/2022
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  • Luis horrillo
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BLOQUE 5:
LA CRISIS DEL ANTIGUO RÉGIMEN (1788-1833): LIBERALISMO FRENTE AL
ABSOLUTISMO

5.1 LA GUERRA DE LA INDEPENDENCIA: ANTECEDENTES Y CAUSAS. BANDOS EN EL
CONFLICTO Y FASES DE LA GUERRA
5.1.1 Antecedentes y causas
La crisis del Antiguo Régimen lleva a Carlos IV a firmar una serie de tratados franco-españoles poco
favorables para España que seguirán el gran plan napoleónico. El primero se basa en invadir Gran
Bretaña (Tratados de San Ildefonso, 1796-1800) que incluye derrotas españolas en el Cabo de San
Vicente (1797) y en la Batalla de Trafalgar (1805) contra los británicos y la “guerra de las naranjas”
(1801) contra Portugal. El segundo (Tratado de Fontainebleau, 1807) opta por un bloqueo comercial
sobre UK (cierra puertos portugueses) e invasión de Portugal por lo que Godoy autoriza al Marical
Murat a penetrar España.

Asimismo se genera una oposición del Partido Español y Fernando (Príncipe de Asturias) contra esta
política (quieren la dimisión de Godoy) que instiga el Motín de Aranjuez (17 mar 1808) donde Carlos
IV abdica en Fernando VII y desencadena un levantamiento popular (2 may) contra el ejercito francés
reprimido con fusilamientos. A consecuencia, Napoleón obliga a la familia real a firmar “las
abdicaciones de Bayona”: Fernando devuelve el trono a su padre quien cede el trono a José (hermano
Napoleón), lo que origina sublevaciones antifrancesas (22 may), genera una división nacional haciendo
que el liberalismo no sea consolidado hasta la derrota del carlismo (1840), según Fusi.

5.1.2 Bandos en conflicto y fases de la guerra
La crisis de marzo-mayo 1808 provoca un vacío de poder haciendo que en la zona francesa se instaure
un régimen ilustrado y reformista (Constitución de Bayona, jul 1808) que no entra en vigor (zonas
gobernadas por militares). Por otro lado en la española surgen las juntas provinciales (soberanía
popular) que Floridablanca une a la débil Junta Central (sep 1808). La guerra fue desordenada, sin
estrategia pero con una guerra de guerrillas y resistencia popular en ciudades como Zaragoza, Gerona.
1º Fase (May 1808-Nov 1808): franceses penetran la península (eje Vitoria-Burgos-Mad-Toledo), el
general Dupon avanza por Andalucía (derrotado en Bailén por las tropas de Castaños, 19 jul) y se
despliegan hacia Cataluña y levante y hacia Castilla la Vieja y Valencia. Tienen una victoria en Medina
de Rioseco (14 jul 1808) aunque hay resistencia en Zaragoza, Gerona y Valencia. Jose I llega a Madrid
(julio) pero se retira a Vitoria y Junot abandona Portugal (vencido por Duque de Wellesley en Vimeiro).

2ª Fase (Nov 1808-10): Napoleón (nov 1808) manda a Ney, Soult, Lefevre con un ejército (300.000
hombres) tomando Tudela, Zaragoza, Gerona y el puerto de Somosierra y ponen a José I en el trono en
Madrid (dic). John Moore (fuerza británica) desembarca en La Coruña (franceses tienen que dividir
tropas) y los aliados inician contraataques fallidos (Uclés, Medellín, Alba de Tormes, Ocaña) venciendo
en Talavera de la Reina (retroceden). A principios de 1810, la victoria francesa era inminente y la
guerrilla sirve solo para el desgaste pero Massena pierde el intento de conquista de Portugal gracias a la
táctica de Wellington (tierra quemada, fortificaciones). Va a haber una revolución española: Junta
central convoca cortes (sep) y se disuelve (en 1810), una regencia (5 miembros) sin autoridad, las cortes
se declaran Asamblea Constituyente creando la Constitución de 1812 (monarquía liberal/parlamentaria).

3º Fase (1811-14): El fracaso francés en Torres Vedras, Portugal (los ingleses obtienen una base segura
ahí) y la campaña de Rusia (1812) van a hacer que Napoléon retire efectivos y opte por una táctica
defensiva salvo en Asturias y Valencia (dispersando sus tropas). Los Aliados conquistaron Ciudad
Rodrigo (Badajoz, 1812), Arapiles y Vitoria (1813). Fernando VII regresa en marzo de 1814 volviendo
al sistema del Antiguo Régimen.

, BLOQUE 5:
LA CRISIS DEL ANTIGUO RÉGIMEN (1788-1833): LIBERALISMO FRENTE AL
ABSOLUTISMO

5.2 LAS CORTES DE CÁDIZ. LA CONSTITUCIÓN DE 1812
Tras la disolución de la Junta Central (ene 1810) se genera una Regencia (5 miembros) que convoca a
las Cortes (24 sep 1810) en un teatro de San Fernando (Isla de León) declarándose en Asamblea
Constituyente, asumiendo la soberanía nacional e iniciando una obra legislativa (Constitución de 1812).
5.2.1 Las Cortes de Cádiz (sep 1810 - mar 1812)
Los reformistas reunidos en Cádiz (ciudad más liberal con influencia extranjera) estaban divididos
según lo que querían: reorganización para expulsar a los franceses o una reforma que acabase con
Antiguo Régimen (según Sanchez Mantero). Los diputados eran: ⅓ clero, ⅓ profesiones liberales y los
minoritarios (nobleza y comerciantes).

Establecieron las siguientes medidas: reconocimiento de Fernando VII (ausente) como rey aunque las
Cortes asumen la soberanía nacional y poder ejecutivo reconociendo la división de poderes y la igualdad
jurídica de las colonias para frenar su independencia (efecto contrario según Blanco Valdés).

En febrero de 1811, se trasladan a Cádiz y hay división ideológica entre diputados: los liberales quieren
acabar con el Antiguo Régimen y los absolutistas mantenerlo enfrentados por la ley de imprenta y de
señoríos pero acuerdan que lo firmado por el rey era ilegal. En marzo se forma la comisión de Muñoz
Torrero (16 miembros) para desarrollar la constitución (con propuestas progresistas pero similares a las
de los afrancesados, según García Cárcel) y establece la libertad de prensa (opinión pública).

En agosto se discute la división de poderes y soberanía nacional ya que los conservadores temían que
los acontecimientos fuesen similares a la Revolución Francesa pero los liberales alegan que eran propios
del Código de Alfonso X (según Varela Suanzes). Finalmente en la libertad de imprenta hay unas juntas
de censura en asunto políticos y religiosos (victoria para liberales). En 1811, se abolieron los señoríos
jurisdiccionales y los territorios se convierten en propiedades de nobleza haciendo que se produzca
unión terratenientes-Iglesia (regreso de Fernando VII en 1814). En la sociedad se garantiza seguridad,
libertad individual, igualdad jurídica aunque militares y clero tienen privilegios y en economía se intenta
establecer un régimen más equitativo en impuestos aboliendo los gremios pero terratenientes mantienen
influencia.

5.2.2 La Constitución de 1812
La Constitución de 1812 (19 mar 1812) era muy extensa (384 artículos en 10 títulos), continuista en
social y económico pero revolucionaria en lo político estableciendo una monarquía parlamentaria: rey
legisla con Cortes pero no interviene en cuestiones judiciales ni impide reunión de Cortes cada 3 meses
y diputados elegidos por sufragio universal masculino. Según Fusi, las cortes de Cadiz nacieron con un
problema de legitimidad (los diputados no tenían mandato), representación (diputados no eran
representantes de provincias sino oriundos que vivían en Cadiz) y autoridad (mínimo poder).

La Constitución no se ajustaba a la situación real española (según Jover Zamora) ya que es rechazada
por la nobleza (pierden privilegios), clero (pierde patrimonio por desamortizaciones) y pueblo
analfabeto (confían más en el rey) ni al contexto europeo (se vuelve hacia el absolutismo) causando que
Fernando VII vuelva a España (1814). Aun así, la Constitución cambió la historia de España ya que es
el lenguaje y principios del liberalismo español.

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