Litigio y medios de solución Jurisdicción y competencia Acción y excepción
Proceso
El juzgador
Intervención del Ministerio Público en el proceso civil Partes y otros participantes
Hechos y actos procesales Medios de impugnación
TEORÍA GENERAL DEL PROCESO
Es la parte general de la ciencia del derecho procesal que se ocupa del estudio de
los conceptos, principios e instituciones que son comunes a las diversas
disciplinas especiales.
LITIGIO Y MEDIOS DE SOLUCIÓN
LITIGIO
Es el conflicto de intereses calificado por la pretensión de uno de los interesados y
la resistencia del otro.
AUTOTUTELA O AUTODEFENSA
Consiste en la imposición de la pretensión propia en perjuicio del interés ajeno. Es
la manera más primitiva de zanjar las dificultades entre los hombres, se trata de
una manifestación reiterada a lo largo de los siglos de que las pugnas de intereses
se resuelvan con la victoria del más fuerte.
AUTOCOMPOSICIÓN
,Consiste en la renuncia a la propia pretensión o en la sumisión a la de la
contraparte, es decir, el resultado de una negociación equilibrada que satisfaga así
sea parcialmente los intereses de las dos partes en conflicto.
Las especies de auto composición son el Desistimiento, el Perdón del Ofendido, el
Allanamiento y la Transacción.
DESISTIMIENTO
Es la renuncia a la pretensión litigiosa deducida por la parte atacante y en caso de
haber promovido ya el proceso, la renuncia a la pretensión formulada por el actor
en su demanda o por el demandado en su reconvención.
PERDÓN DEL OFENDIDO
Es la institución conocida como perdón del ofendido en los delitos que se
persiguen por querella. En sí, es la actuación judicial en donde el ofendido o su
representante manifiesto eximen de la sanción al procesado que merece en virtud
del hecho ilícito punible que realizó.
ALLANAMIENTO
Designa la actitud auto compositiva propia de la parte demandada, consistente en
aceptar o en someterse a la pretensión de la parte actora, de la parte atacante, no
opone ninguna resistencia frente a aquella por lo que no llega a manifestarse
realmente un litigio.
TRANSACCIÓN
Es un contrato por el cual las partes haciéndose recíprocas concesiones terminan
una controversia presente o previenen una futura.
,HETEROCOMPOSICIÓN
Aquí la solución al conflicto es calificada de imparcial porque no va a ser dada por
las partes, sino por un tercero ajeno a litigio, un tercero sin interés propio en la
controversia.
MEDIACIÓN
Tercero que se limita a propiciar la comunicación, la negociación entre las partes,
para tratar de que llegue a un acuerdo.
CONCILIACIÓN
Tercero que se encarga de proponer a las partes alternativas concretas para que
resuelvan de común acuerdo sus diferencias.
Es desempeñada normalmente por organismos o instituciones a través de
procedimientos formalizados en las leyes.
ARBITRAJE
Tercero que se encarga de la solución de las partes en conflicto, a la que se le
conoce como laudo, para que funcione el arbitraje se necesita que las partes
hayan aceptado someterse a este medio de solución.
PROCESO
Es la serie de actos realizados por el órgano regulador, las partes y los terceros
relacionados entre sí por el fin que se persigue que es satisfacer las pretensiones
de las partes.
, JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA
CONCEPTO Y CARACTERÍSTICAS
JURISDICCIÓN. Función que ejercen órganos del estado independiente o
autónomo a través del proceso para conocer de los litigios o controversias que les
planteen las partes y emitir su decisión sobre ellos.
CARACTERÍSTICAS.- Es abstracto, general, impersonal e innovador o creativo,
además:
- Necesita excitarse o provocarse por el gobernado.
- Da nacimiento a una relación triangular entre las partes y los litigantes.
- Esta destinado siempre a dirimir o resolver un litigio.
COMPETENCIA.- Es la suma de facultades que la ley da al juzgador para ejercer
su jurisdicción en determinado tipo de litigios o conflictos.
CARACTERÍSTICAS.
- Los interesados pueden objetar la competencia de un órgano por medio de
la inhibitoria o la declinatoria.
- Toda demanda debe plantearse ante juez competente.
DESLINDE ENTRE JURISDICCIÓN Y ADMINISTRACIÓN
En la función jurisdiccional intervienen tres sujetos principales, el juzgador y las
dos partes y una condición indispensable para que se ponga en movimiento la
función jurisdiccional.
En la función administrativa en cambio, los sujetos pueden limitarse a dos
personas: el administrado que solicita y el agente de la administración.
El objeto de la Jurisdicción es un litigio o conflicto entre partes de trascendencia
jurídica y en la función administrativa presupone la inexistencia de conflicto entre
partes.
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