La forma de Estado: Naturaleza jurídico política del Estado y de la configuración del jefe de
Estado además de la distribución territorial del poder (poder centralizado, en regiones, en
comunidades autónomas). Tipos:
- Monarquía.
- República.
La forma de gobierno: hace referencia a la naturaleza jurídico política entre el poder legislativo
y el ejecutivo.
Hasta el siglo XVIII sólo existía la monarquía como forma de Estado. En el caso norteamericano
a partir del siglo XVIII aparece la primera República. El nombre República evoluciona entonces
de la res pública como concepto de poder público a una forma de Estado en contra de la
monarquía. (óptica histórica)
Desde la óptica material si el jefe de Estado es elegido estados delante de una República
mientras que si tiene un carácter hereditario, aristocrático estamos delante de una monarquía.
La elección del presidente de la República puede ser directa o indirecta en la mayoría de los
países europeos y EEUU es una vía indirecta: a través del parlamento o a través de
compromisarios como es el caso de los norteamericanos pero en toda América Latina la
elección es directa, es decir los ciudadanos eligen directamente al presidente de la República,
al igual que en Francia y en Portugal.
La monarquía ha intentado adaptarse a los tiempos democráticos y ha pasado de e ser una
monarquía absoluta a una monarquía parlamentaria este paso se expresa de la cita de Luis XIV
"El Estado soy yo"(monarquía absoluta) hasta el eslogan de la monarquía parlamentaria "El rey
reina pero no gobierna".
La parábola entre el rey absoluta y la monarquía parlamentaria se produce con diferentes
adaptaciones mientas las sociedades cambiaban y evolucionaban hacia una democracia Estas
adaptaciones son las siguientes:
- Monarquía absoluta. De la forma pura con protestas.
- Monarquía limitada. Monarquía de la cosoberanía del Estado Liberal conservador de
los siglos XVIII Y XIX.
- Monarquía constitucional. Es un paso más allá de la monarquía ,limitada, es más
democrática que la monarquía limitada pero el rey mantiene funciones de gobierno.
, o Ej.: Alfonso XIII el último monarca constitucional español. El rey va perdiendo
funciones pero mantiene potestad en algunas funciones de gobierno. siglo XIX.
- Monarquía parlamentaria. Es el sistema que tenemos en todas las monarquías
europeas democráticas. Quiere decir que el rey ha perdido todo el poder que tenía en
la forma puta de la monarquía absoluta y solo tiene auctoritas solo tiene un poder
subjetivo
Esta parábola se da por el intento adaptar la monarquía a la democracia, un hecho complicado
debido a que los principios de la monarquía como el carácter hereditario chocan con el
carácter progresista de la democracia.
En la forma de Estado relacionada con la distribución territorial del poder. Tres tipos ideales:
1) Estado Unitario. Descentralizado unitariamente. :
a. Menos descentralización.
b. sólo hay un órgano legislativo ;el Parlamento del Estado
i. como sólo hay un productor legislativo esto quiere decir que en el
resto del Estado sólo puede haber un tipo de descentralización que
proviene del gobierno.
c. El caso más típico es Francia. En Francia desde la época del absolutismo los
francos se superpusieron a los vascos y a los catalanes y el nombre de Francia
viene de Francos. Hay un parlamento, un Estado, un poder, una nación. Hay
una administración descentralizada y una legislación centralizada en un sólo
parlamento interno.
2) Estado Regional o autonómico.
a. Descentralización media.
b. Es una mezcla entre algunas cosas del Estado Federal y otras del Estado
Unitario.
c. Se parece al Estado Federal porque en el Estado Regional también hay una
descentralización legislativa, las comunidades autónomas serían los estados
federados, es un sistema de doble lista (Teóricamente).
d. Es un federalismo asimétrico porque cada comunidad autónoma tiene unas
competencias, las que quiera (España).
i. Pero sin embargo no tenemos constitución federal nuestra norma
suprema es el estatuto de autonomía pero tiene naturaleza jurídica de
ley organiza tiene que reformarse en las cortes españolas, no hay
autonomía para crear el propio estatuto de autonomía y en esto nos
parecemos más a un estado descentralizado administrativamente que
a un Estado Federal. ( Art. 148, 149 y 150)
3) Estado Federal.:
a. Descentralización máxima.
b. Es una descentralización legislativa máxima que es la que tienen la mayoría de
los países desarrollados actuales.
c. Los Estados Federales son la reunión de diferentes Estados que no tienen
independencia entre ellos que se reúnen en un único Estado, este Estado suele
denominarse Estado Federal y los Estados que se unen suelen llamarse
, Estados federados. Se unen en el sentido de que sólo hay un poder
constituyente y una única Constitución, llamada Constitución Federal. Hay dos
tipos de competencias unas que son del Estado Federal y otras que son de los
Estados federados.
Para distribuir las competencias hay dos sistemas:
- Un sistema de lista única: sistema norteamericano.
o Existe solo una lista de las competencias del Estado Federal y el resto de
competencias son competencias de los Estados federados.
o Las competencias que no están en la lista única y que pueden pasar a ser
competencia de los Estados Federados se denominan competencias
remanentes.
- Un sistema de doble listado, sistema alemán.
o Por una parte está la lista de competencias del Estado Federal del Bund y por
otra esta la lista de competencias de los Estados federados los land
o las competencias que no están ni en el Estado Federal ni en los Estados
Federados son las competencias remanentes y es el propio país quien decide
en que listado deberían estar.
Si hay un Estado Federal hay más de un legislador, el legislador federal, parlamento federal y
cada uno de los estados federados tiene un legislador que es el parlamento del estado
federado. En los estados federados hay una descentralización legislativa porque casa Estado
federado puede tener diversas competencias.
Van de menos a más descentralización.
Hay una gran diferencia entre la confederación y la federación porque en la federación hay un
solo poder constituyente y un Estado único. En la Confederación hay una unión de derecho
internacional de diversos Estados independientes que cada uno tiene su propia confederación.
La UE Confederación porque los estados están regulados x tratados internacionales.
Federación Está regulada x el derecho constitucional porque tienen una constitución
federal, q tiene una jerarquía superior a todas las constituciones federadas.
En la confederación no hablamos de forma de estado porque cada país tiene su propia forma
de estado
2. Parlamentarismo y presidencialismo
-Forma de gobierno
Parlamentocrea la ley
Gobierno ejecuta la ley
1. Presidencialismo. Absoluta separación entre el poder ejecutivo y el legislativo. Típico
de EEUU y América Latina
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