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Resumen

Sumario DEL CONGRESO DE LA UNION

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-
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-
Páginas
7
Subido en
04-07-2022
Escrito en
2019/2020

RESUMEN ACERCA DEL CONGRESO DE LA UNION (PODER LEGISLATIVO)

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EL CONGRESO DE LA UNION

Objetivo: Conocer el sistema bicamaral y los sistemas de elección contemplados en
nuestra Constitución. La forma de elección de los legisladores federales, la instalación
del Congreso de la Unión, la inmunidad de los legisladores federales, la remuneración
de dichos servidores públicos y los periodos de sesiones establecidos en la
Constitución.


1. Definición de Congreso de la Unión

El Congreso de la Unión es el órgano depositario del Poder Legislativo Federal que
tiene a su cargo la función primaria del Estado consistente en elaborar las leyes que han de
estructurar el sistema jurídico mexicano con apego a lo mandatado en la Constitución General
de la República.

Además de ejercer la función legislativa, el Congreso de la Unión, también tiene a su
cargo otras atribuciones propias de los sistemas parlamentarios como la función de dirección
política, la deliberativa, la electoral, la jurisdiccional, la representativa, la informativa, la
financiera, la de control, entre otras, que no encuadran en la denominación de derecho
legislativo.


2. Definición de Derecho Legislativo

El derecho legislativo mexicano es aquella rama del derecho que hace referencia al
estudio y la regulación de la organización, estructura, y funciones del Congreso mexicano,
formalmente denominado Congreso General o Congreso de la Unión, así como sus
interrelaciones con otras instituciones y órganos estatales.


3. Breve antecedente del Sistema bicamaral

El poder legislativo conocido en el régimen parlamentario con el vocablo de
“Parlamento”; en el presidencial, con el término “Congreso” y en otros regímenes como
“Asamblea”, surge en Inglaterra en el siglo XII.

La institución de la doble asamblea legislativa proviene de Inglaterra. Durante muchos
siglos, la Cámara de los Lores representó a la aristocracia latifundista, mientras que la
Cámara de los Comunes representó a la burguesía de la clase media y alta. El sistema
bicameral británico se convirtió en un estereotipo copiado por todas las monarquías
constitucionales y las repúblicas parlamentarias; en la mayor parte de los países europeos, la
cámara alta, donde sus miembros accedían al cargo hereditariamente o por nombramiento del
gobierno, se constituyó como el contrapeso conservador frente a la cámara baja, que al
principio fue elegida en base a cualificaciones económicas, y más tarde lo fue en base a un
sufragio más o menos universal.

, 1
3.1. En el constitucionalismo mexicano

En cuanto al bicameralismo en México, al estudiar la evolución histórica del constitucionalismo
en nuestro país, pudimos constatar que en nuestras cartas fundamentales ha predominado el
sistema bicameral. La Constitución de 1824 por ejemplo, adoptó el modelo de la Constitución
norteamericana de 1787, pero con la diferencia de que a la Cámara de representantes se le
denominó Cámara de Diputados; y en relación a la Cámara de Senadores se adoptó la misma
denominación que en el pacto norteamericano. A diferencia del modelo norteamericano, no se
establecieron facultades exclusivas para cada una de las Cámaras, sino que las facultades
eran para todo el Congreso.

Las problemáticas políticas de los primeros años de vida independiente de México tuvieron
cambios constitucionales que modificaban las atribuciones del Congreso. Con la promulgación
de la Constitución de 1857 se suprimió el Senado y se adoptó el modelo unicameral,
manteniéndose el sistema federal. Con posterioridad, el presidente Sebastián Lerdo de Tejada
propuso la restauración del Senado de la República, quedando instituido constitucionalmente
el 13 de noviembre de 1874, adoptando nuevamente el modelo bicameral.

4. Finalidades e inconvenientes del bicameralismo

El bicameralismo tiene diversas finalidades entre las que destacan equilibrar la fuerza del
Ejecutivo y del Congreso; moderar los impulsos de los diputados y senadores en cuanto a que
éstos aprueben la legislación de forma prematura e irresponsable; permitir que se descubran
los posibles errores de la Cámara de origen en esta función; dejar un tiempo para la reflexión;
estimular la vigilancia; facilitar una discusión más amplia; y, si hay un conflicto entre el
Ejecutivo y una de las Cámaras, permitir que la otra Cámara actúe como mediadora; también
permite que ambas Cámaras se complementen y se legitime la institución representativa en la
medida en que se tiene una voluntad popular más completa.

En cuanto a los inconvenientes del sistema bicameral se ha considerado que es imperfecto,
desigual o diferencial en aquellos países que tienen un régimen parlamentario, ya que la
Cámara Baja tiene mayores facultades que la Cámara Alta. Por el contrario, se estima que en
los países con régimen presidencial, las “cámaras altas” tienen más facultades de control que
las “cámaras bajas”.

5. El bicameralismo en el sistema jurídico mexicano

En el caso de México, no aplica ninguno de los criterios anteriores pues constitucionalmente
no existe predominio, ni mayor importancia de una Cámara respecto a la otra, cada una de
ellas tiene atribuciones específicas y de singular importancia que les corresponden y se
justifican por su propia naturaleza, como la función del control presupuestal que corresponde a
la Cámara de Diputados en representación del pueblo y la función de control sobre la política
exterior que lleva a cabo el Presidente que corresponde al Senado como representante de las
entidades federativas.



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Otras diferencias entre una Cámara y otra, son que la Cámara de Senadores está integrada
por un número menor de miembros que la Cámara de Diputados; la duración en el cargo, en

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4 de julio de 2022
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Escrito en
2019/2020
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