TEMA 1 DERECHO
CONCEPTO DE DERECHO Y NORMA JURÍDICA
Derecho, conjunto de normas que integran el Ordenamiento jurídico
español.
Derecho civil:
- Sector del ordenamiento jurídico que se ocupa de la persona y sus
diferentes estados (menor de edad,soltero…), de su patrimonio y del
tráfico de bienes.
- Es derecho privado, regula intereses de los particulares (reparto de
herencias, separación y divorcio…)
Norma jurídica, mandato de carácter general dirigido a los miembros de
una comunidad organizada.
ESTRUCTURA Y CLASES DE NORMAS
Supuesto de hecho- estructura de la norma-consecuencia jurídica
Clases de normas:
- Imperativas, normas de obligado cumplimiento
- Dispositivas, puede sufrir cambios
- Generales
- Especiales
FUENTES DEL DERECHO
Ley, cualquier norma escrita y que emanan de las Cortes o Parlamentos.
Leyes orgánicas y ordinarias/Decreto Ley y Derecho Legislativo. Vigencia
Costumbre, no está escrita en ningún lado, se puede aprobar mediante
testigos
Distinguimos la costumbre de los usos,estos usos jurídicos/normativos se
equipararán, es decir se considerará una fuente del derecho, a la
costumbre, es lo usual en el comercio. El uso social son las costumbres
sociales, como cederle el sitio a una persona mayor en el bus.
Principios generales, criterios ético morales que imperan en una sociedad.
Algunos principios ya son ley, pero otros no. Se aplica cuando no hay ley o
costumbre. Se puede añadir a una ley o costumbre (ley y costumbre no
juntas). Como si un vendedor te trae las cosas tarde porque no pusiste
urgente entonces ahí se aplica la ley de compraventa y el acto de mala fe.
,EL VALOR DE LA JURISPRUDENCIA
Definición: 2 o más sentencias que resuelven casos similares aplicando
la misma fuente del derecho
Conjunto de criterios de interpretación
Requisitos:
Necesitamos dos o más sentencias o sts de pleno, pleno es cuando hay
sentencias con discrepancias y cuando llega al supremo quedan todos y se
ponen de acuerdo.
Tienen que contener los mismos criterios para adoptar la decisión, aplicar
la misma fuente del derecho e interpretarla del mismo modo en todos los
casos.
Funciones,
Función interpretadora (buscar el sentido de la norma)
Función integradora (integrar el derecho, es decir, hay un vacío normativo y
el supremo lo resuelve, llenando ese vacío, dando solución a problemas
que no están regulados)
EFICACIA Y APLICACIÓN DE LAS NORMAS JURÍDICAS
Eficacia jurídica, Deber jurídico de cumplimiento o de observancia de lo
establecido en la norma
- La ignorancia de las leyes no excusa de su cumplimiento
- Posible exclusión voluntaria de la ley aplicable, normas dispositivas
Eficacia sancionadora de las normas para el caso de incumplimiento
como las multas.
Eficacia constitutiva de las normas, la norma impone una serie de
consecuencias, soluciones al caso que regula. Eficacia constitutiva ya que
las normas tienen siempre una solución aplicable al caso que regula.
Aplicación, aplicar una norma a un caso real requiere…
- Interpretarla, buscar sentido de la norma. Criterios:
● Literal o gramatical, buscar el significado de las palabras
desde el punto de vista gramatical o literal
● Lógico, usar la lógica cuando lo de antes no funciona
● Histórico, atender a los antecedentes de la norma
● Sistemático, buscar el sentido conjuntamente con otras
normas de la misma rama
● Teleológico, interpretar la norma atendiendo a la finalidad del
legislador
● Social, interpretar las normas conforme a la realidad social del
momento, como lo de la custodia compartida (los jueces
estiran las normas)
, - Integrarla, suplir o salvar una deficiencia de la norma, ¿cómo?:
● Analogía, técnica que se utiliza para resolver lagunas legales o
vacíos normativos Como Las parejas de hecho, aplicamos otra
norma parecida, la cual sería el de matrimonio. Se aplica otra
norma parecida.
● ¿Requisitos?
❖ Ausencia de norma para un caso que no está regulado,
aplicamos las normas del caso regulado al que no lo está.
❖ Existencia de otra norma que regula un caso similar.
❖ No se puede utilizar entre leyes prohibitivas y
sancionadoras (multas) ni con derecho exepcional (que
solo se aplique a normas reguladas)
Si una pareja de hecho rompe no se le aplican las normas del divorcio
porque si no quieren obligaciones de normas de matrimonio no van a
seguir tampoco las normas del divorcio.
.INFRACCIÓN DE LAS NORMAS JURÍDICAS
- Directa: Violación de la norma jurídica directamente (conduzco a una
tarvelocidad mayor)
- Indirecta: Violación de la norma buscado una estrategia o a
hurtadillas=FRAUDE DE LEY
● Vulneración de una norma de manera indirecta
❖ Realiza un acto amparado en el texto de una norma
❖ Trata de conseguir un resultado prohibido por otra
norma
● ¿Consecuencias? Se aplica la norma que se ha tratado de
eludir
TEMA 2 DERECHO
LOS SUJETOS DE DERECHO
.LA PERSONA FÍSICA Y LA PERSONA JURÍDICA
Persona física: Nacimiento en un hecho biológico
Persona jurídica: Organizaciones sociales reconocidas por el Derecho
LA PERSONA FÍSICA. CAPACIDAD
- ¿Personalidad civil o capacidad jurídica?
● Se elimina la capacidad de obrar, ahora se llama capacidad
jurídica. Capacidad para ser titular de derechos y obligaciones
y poder ejercitarlos.