DERECHO DEL SIGLO XIX-XX LA CODIFICACION
Y EL INSTITUCIONALISMO
1. LA REVOLUCIÓN LIBERAL BURGUESA
Por revolución no tenemos que entender un estadillo brusco,
figurante como pudo ser la revolución francesa; porque todo
fenómeno revolucionario como regla general se va preparando y
luego se produce en un periodo de tiempo más o menos largo y
dilatado.
Revolución liberal burguesa: proceso que destruyó las bases de la
sociedad del antiguo régimen y creo las condiciones jurídicas y
políticas necesarias para constituir una sociedad dominada por la
burguesía organizada políticamente en forma de estado liberal y
caracterizada por la implantación y desarrollo de las relaciones de
producción capitalistas.
Por lo tanto, en España si hubo revolución liberal burguesa pero esta
revolución burguesa se produjo al compás de las circunstancias reales
y las particularidades de la sociedad española. Fue una revolución
discontinua que se lleva a cabo en diversas fases pero que produjo
como resultado la liquidación del antiguo régimen, la creación de un
nuevo orden social y de un nuevo sistema político jurídico e
institucional.
1.1. Fases
Periodo de frustraciones: engloba el primer tercio del siglo XIX, en
concreto el periodo de la guerra de la independencia y el reinado de
Alfonso VII. La ideología revolucionaria se plasmó en una serie de
textos legales radicalmente trasformadores de la sociedad señorial
del antiguo régimen, numerosos decretos de las cortes de Cádiz y la
constitución de 1812. Este primer periodo se ve detenido cunado
Fernando VII al regresar a España en 1814 derogo la obra legislativa
gaditana y reestableció el absolutismo; posteriormente en el trienio
liberal se restablece de nuevo el liberalismo, pero de nuevo en 1823
Fernando VII con la ayuda de los 100mil hijos de san Luis que
ayudaron a reestablecer el absolutismo, esta situación se va a
mantener hasta su fallecimiento el 1833.
Etapa estrictamente revolucionaria: tiene lugar en el reinado de
Isabel II en concreto entre 1836-1844 y con el epilogo de bienio
progresista de 1854-1856. Es en este momento cuando se asentó
definitivamente el estado liberal en España. Porque:
Se consolido una monarquía constitucional en España.
Culmino el régimen jurídico de la trasmisión de propiedad de la
tierra.
, Se destruye la sociedad estamental del antiguo régimen
desalojando a la iglesia de su importante papel tradicional y
obligando a la nobleza a convertirse en un cuerpo socialmente
poderoso, pero dentro de las bases jurídicas y políticas
marcadas por la revolución burguesa.
En el bienio progresista se dictan leyes importantes desde el
punto de vista económico como leyes permisivas de la inversión
de capital extranjero en España que va a permitir la
construcción del ferrocarril.
La esta democrática de la revolución liberal burguesa que tiene lugar
tras la revolución gloriosa de 1768 que supuso el exilio a Francia de
Isabel II y dio paso al sexenio democrático que termino cuando el
general Martínez Campos proclama como rey de España a Alfonso XII
que era hijo de Isabel II. En estos seis años hubo una alianza
provisional entre los obreros y los burgueses, se estableció el sufragio
universal masculino para los varones mayores de 25 años y la
constitución de 1869. Terminado el sexenio la burguesía da por
concluida su obra revolucionaria y se convierte en una clase
conservadora, es decir, que a partir de este momento el
enfrentamiento ya no tiene lugar entre la burguesía y la nobleza y
clareo, que se habían convertido en unos grupos sociales
económicamente, pero aburguesados porque se habían instalado en
una sociedad creada siguiendo los intereses de la burguesía. Ahora el
enfrentamiento se produce entre la burguesía financiera, mercantil,
industrial… que además se había aliado a los propietarios de la tierra
y el proletariado; la burguesía que al principio impulsaba cambios
ahora se convierte en una clase conservadora dentro de una sociedad
configurada a la medida de la burguesía y que por tanto defiende los
intereses de esta clase.
2. VERTIENTES DE LA REVOLUCION BURGUESA
Vertiente social: con la revolución liberal burguesa nace un nuevo
modelo de sociedad que es la sociedad de clases que sustituye a la
sociedad estamental.
Abolición de los privilegios estamentales y la implantación de la
igualdad formal de todos los ciudadanos ante la ley. El derecho
era igual para todas las personas ya que no existen estamentos
que disfruten de una realidad jurídica privilegiada, pero esta
igualdad es meramente teórica, formal, no es real.
Con la revolución liberal burguesa el criterio que va a servir
para estructurar la nueva sociedad de clases es la posición
económica que cada individuo ocupa en el entramado social, es
decir, el grado de riqueza que tiene cada individuo. Esta mayor
o menor riqueza se refleja en el hecho de ser o no propietario.
, Vertiente económica: se plasmó en la trasformación del régimen
jurídico de la propiedad de la tierra. A lo largo del antiguo régimen
podemos distinguir dos doctrinas:
Mercantilismo que domino hasta el siglo XVIII y defendió una
concepción pecuniaria de la riqueza, es decir, que la riqueza se
obtenía mediante la acumulación o el asesoramiento de
metales preciosos (oro y plata) por eso la gran importancia del
comercio exterior d manera que había que potenciar las
exportaciones y poner trabas a las importaciones porque las
exportaciones permitían que entrasen en el país esos metales
preciosos.
En Francia en el siglo XVIII aparece una corriente economía que
es la fisiocracia que es el precedente del pensamiento
económico liberal. La riqueza se obtiene a través de la
producción, para la fisiocracia la producción es una producción
eminentemente agraria, es decir, la tierra es la principal fuente
de producción. Hay un orden económico natural que hay que
dejar que funcione y para eso hay que suprimir las trabas
impuestas por el mercantilismo y hay que permitir que los
agentes económicos se desenvuelvan con libertad. El desarrollo
de los postulados de la fisiocracia vana desembocar en el
desarrollo del pensamiento económico liberal. Su representante
es Adam Smith que en el año 1776 publico “la riqueza de las
naciones”. Adam Smith dice se aspira a la maximización de
beneficios y para ello concurren libremente entre sí y esa
concurrencia de los agentes económicos tiene lugar en el
mercado y como esa concurrencia es libre el funcionamiento
del mercado va a regular la oferta y la demanda. El estado tiene
que ser un estado abstencionista, es decir, que no tiene que
intervenir en la economía del mercado, pero tienen que ser un
estado vigilante porque tiene que garantizar que el
desenvolvimiento del mercado sea libre.
Comparación entre el dominio del antiguo régimen y la propiedad
burguesa.
o Domino del antiguo régimen.
Dominio vinculado y amortizado. Hay propiedades que
pertenecen a la iglesia, pero también a otras entidades como
hospitales, universidades… en régimen de propiedad
amortizada, que no se podía vender, se conoce popularmente
como los bienes de manos muertas.
La nobleza acumulaba numerosas tierras vienes o
propiedades vinculadas en régimen de mayorazgo en virtud
del cual estos nobles solo podían ser poner mortis causa de
esas tierras según un régimen sucesorio especial en favor del
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