H istoria jurídica: rol y contribución
para el entendimiento del Derecho del
pasado y del actual.
Ignacio Zegarra Molina
Universidad Antonio Ruíz de Montoya
a2210671@uarm.pe
El Derecho es una realidad dinámica constante y compleja, que se ha ido construyendo a lo
largo de la historia del hombre, de acuerdo de las necesidades, los valores y las aspiraciones
de cada sociedad y su contexto. Para comprender el Derecho, no basta con conocer sus
normas y sus instituciones, sino que también es necesario situarlo en su contexto histórico,
social, político, económico y cultural. El gran abogado e historiador Jorge Basadre Ayulo en
su libro Historia del derecho universal y peruano, define a la historia del derecho como
aquella disciplina jurídica encargada de describir y explicar la génesis, la evolución y los
procesos de cambio dentro de los sistemas jurídicos existentes, de acuerdo con el pasar de
los tiempos; así como sus fuentes, sus principios y sus fines (Basadre 2011 p. 53).
La historia jurídica como una disciplina académica, desde sus inicios ha desempeñado una
función clave en el entendimiento del derecho a través del transcurso del tiempo y sirve
como un faro que nos conduce al análisis de las raíces históricas del sistema legal de una
sociedad. De esta forma no solo nos ofrece una visión general y enriquecedora del pasado, si
no que, además, nos dota de una luz sobre el contexto actual de nuestro derecho en la
sociedad.
La ventaja que encontramos al ahondar la historia jurídica nos permite conocer de cómo se
originaron y se aplicaron las normas jurídicas de un determinado sistema jurídico en un
momento concreto, así como los valores, principios e intereses que las inspiraron. Por
ejemplo, para entender el Derecho romano, es necesario tal como menciona Méndez (2019)
comprender su sociedad tanto en su aspecto social, político y económico. De esta forma poder
, entender sus conceptos, sus instituciones y sus principios. Es decir, de donde se originan y
cuáles son sus características. Así mismo, citando a Basadre (1988) para comprender el
Derecho precolombino, colonial y de la república es imprescindible conocer la historia de los
pueblos originarios, sus formas de vida, sus cosmovisiones, sus sistemas de organización,
sus instituciones administrativas etc.
García, (2020) menciona que, aislando al derecho hacia un análisis histórico podremos
agudizar los enfoques y tener una facilidad en su estudio para visibilizar con mayor claridad
la influencia del fenómeno jurídico en la historia de las sociedades.
Las contribuciones de la historia jurídica existente y cada vez más dinámica con el pasar de
los años se puede exponer tal como apunta Garce et al (2019) con la ayuda que nos brinda
para entender la lógica, la coherencia y la racionalidad del sistema jurídico, así como sus
contradicciones, conflictos y cambios. Esto es, que nos permite conocer las características y
el proceso evolutivo del derecho. Por ejemplo, para entender el Derecho constitucional
peruano, será necesario analizar la estructura y el funcionamiento del Estado peruano, los
derechos y deberes de los ciudadanos, las relaciones entre los poderes públicos y los
mecanismos de control y reforma constitucional.
Por otro lado, facilita la comparación entre los diferentes ordenamientos jurídicos, tanto de
épocas pasadas como de la actualidad, y permite apreciar sus similitudes y diferencias, sus
influencias y sus aportes Levaggi (1986). Por ejemplo, para entender el Derecho comparado,
es necesario estudiar Derecho Romano, Comow Law, Derecho islámico, Derecho marxista
socialista etc. (Familias jurídicas), sus características y sus criterios de clasificación. Así
mismo, si queremos entender el Derecho internacional, será necesario conocer sus orígenes,
los sujetos y los órganos del Derecho internacional, las fuentes y los principios del Derecho
internacional y las ramas.
Garce et al. (2019) señalan que el aporte de la historia del derecho es esencial para la
comprensión del fenómeno jurídico: las normas y las instituciones jurídicas no surgen por
“generación espontánea”, ni brotaron de un día para el otro en la mente del legislador, sino
que fueron el resultado de procesos culturales (2019, p. 24). Es decir, un proceso lento y
paulatino.