Derecho romano
1º de Derecho
Universidad de Oviedo
Curso académico 2013/2014
Profesora: María del Carmen López-Rendo Rodríguez
Bloque 1:
, Marco histórico del derecho
romano
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ETAPA MONÁRQUICA O ARCAICA.
Va desde la formación de la urbe en el 750 a.C. hasta la caída del último rey,
Tarquinio el Soberbio, en el 450 a.C.
Respecto a su extensión, en sus inicios Roma ocupaba unos 150 km 2. Sin
embargo, a principios del siglo IV a.C., ya la había multiplicado por diez,
llegando, a finales de éste, hasta los 30.500 km 2.
Roma era una comunidad rural, con honda distinción entre patricios y plebeyos.
Se dividía en varios estratos de organización política:
Rex (Regere > Dirigir): Era el jefe supremo y vitalicio, poseía el imperium
domi y el militae y, además, era el pontífice máximo, el cual determinaba
los días fasti y nefasti. Por otro lado, convocaba los auspicios (observación
de los fenómenos naturales por parte de los augures para determinar la
voluntad de los dioses sobre actos públicos de especial importancia). Hubo
siete reyes, cuatro latinos (Rómulo, Numa Pompilio, Tulio Hostilio y Anco
Marcio) y tres etruscos (Tarquinio el Antiguo, Servio Tulio y Tarquinio el
Soberbio).
Senado (Senex > Anciano): Era un consejo de ancianos designado por el
rex y formado por los jefes de las familias patricias más representativas.
Asesoraban al rex, dirigían la política exterior y determinaban, mediante
sus auctorictas, sobre la validez de los acuerdos tomados en las
asambleas populares. Además, poseían el interregium, consistente en que,
a la muerte del rex, los senadores ejercían el poder durante un máximo de
cinco días cada uno hasta la designación del siguiente.
Comicios del pueblo (Comitia > Com, cum, ire > Reunirse): Eran asambleas
del pueblo las cuales, para reunirse, debían ser convocadas al efecto y de
forma ordenada por el titular del imperium. Los criterios de ordenación
eran:
El gentilicio o de linaje: Propio de la fase de la Monarquía latina, sólo
permitía la reunión de patricios y dio lugar a los comicios por curias.
Las curias (curiae > co-viria > reunión de varones) eran unidades de
tipo militar y servían de base para reclutar el ejército. Su número
era de 30 y los comicios basados en ellas tuvieron atribuciones de
tipo familiar y religioso.
El de la riqueza, el censo y la edad: Surge en la fase de la Monarquía
etrusca y da lugar a los comicios por centurias. Las centurias
(centuriae) también son unidades de tipo militar y, en origen,
responden a las nuevas exigencias bélicas, derivadas de la
introducción de la táctica hoplítica. Su número es de 193 y los
comicios basados en ellas comportan una adecuada conexión entre
los derechos civiles y las obligaciones militares de los cives.
El geógrafo, territorial o domiciliar: Sus repercusiones político-
jurídicas se manifiestan en la República y da lugar a los comicios por
tribus, iguales en función que los comicios por centurias. Las tribus
son unidades territoriales e implican una distribución de los
ciudadanos en razón de su domicilio. Su número es de 20 (16
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