Introducción al Derecho
TEMA 1. Concepto y funciones del derecho
1.1 La necesidad del derecho. El derecho como fenómeno social. El mínimo común
normativo
Derecho/ visión crítica/justicia
Derecho penal / civil
¿Quien crea el derecho? Personas destinado a personas, es un fenómeno social.
El sentido del derecho: cuando funciona en sociedad determinada.
Ámbito del derecho: regula conductas entre personas / no humanas (personas jurídicas):
animales.
Características del derecho
Institucionalismo: derecho es institución, varias constituciones encargadas de legislar
Derecho es un sistema normativo institucionalizado.
1.2 Diferencia entre normas sociales, morales y jurídicas, y sistemas normativos.
Tres tipos de normas: morales, sociales, jurídicas. El derecho se restringe a las normas
jurídicas.
- Morales: cuando el reproche es hacia uno mismo
- Social: hacia un grupo, es de los que nos rodean
- Jurídico: hay normas institucionales que regulan
La diferencia está en la sanción, la jurídica está regulada por una institución. Norma que
está vigente en el tiempo. Son normas complementarias, se sobreponen. Nos interesan
las normas jurídicas, regular la vida en sociedad, nos importa el concepto de sanción.
Normas pueden ser directas o indirectas.
Norma creada para regular una conducta indirecta, es instrumental.
Formulación de normas directas (no matar): conducta que queremos evitar.
Fenómeno social que regula conductas de manera indirecta.
Derecho puede ser justo o injusto.
Conjunto de normas vigentes institucionalizadas.
1.3 Los problemas de cooperación social. El derecho y la figura del contrato social
Instrumental porque regula la conducta de la sociedad. Fenómeno complejo, sistema
normativo conjunto de normas.
Derecho regula desde que nacemos hasta que morimos, es interactivo, una norma
interactúa con otra, interactúa con principios. Norma entra en el sistema y sale del
sistema, se incorpora y se deroga.
Coerción: Hay una sanción institucionalizada aplicada por una institución coerción.
Justificación de la creación del derecho
Ejemplo de sociedad. Hombre que sabe cocinar, un hombre sin movilidad, un vago y un
hombre con mucha hambre. ¿Que normas se deberían establecer?
Resultado: Tienen que existir normas
,Castigo: prevención, modificar conducta para que no vuelva a delinquir. Se le ha quitado
la crueldad al castigo.
Siempre hay conflictos en el derecho y siempre se está modificando.
El derecho se basa en la cooperación y en la coordinación. Normas que modifican nuestro
comportamiento, coordinamos las interacciones.
Adam Smith / Teoría del equilibrio no actuar individualmente, sino en colectivo ajustar
necesidades para conseguir objetivo común.
Objetivo: Cooperar y coordinar las conductas en sociedad
Dilema del prisionero
Intentar manipular las decisiones racionales. Lo más racional es delatar al otro, lo más
racional individual y colectivamente. Adecuar nuestras preferencias para que podamos
vivir en sociedad. El mejor resultado seria no confesar, pero la elección racional es que
ambos confiesen. Rompe la posibilidad de coordinarse, los manipulan una elección
raciona que o hubiesen escogido.
Coordinación
Free rider: alguien que no lo hace, pero se beneficia de los resultados. El derecho intenta
evitar este tipo de conductas a través de mecanismos de cooperación, mediante sanciones.
Cooperación: el dilema del prisionero
Es un modelo de juego, construido alrededor de las rutinarias habilidades policiales para
hacer confesar a los detenidos. Es un juego simultaneo, se hace una sola vez, no pueden
llegar a un acuerdo. El resultado conjuntamente preferible seria seguir una estrategia peor
individualmente, no confesar. Muestra la necesidad de cooperación, seguir su propio
interés relacional crea un resultado peor. Desmiente la mano invisible de Adam Smith.
Contrato social: fundado en la convivencia de ceder una parte de nuestra autonomía a
una autoridad central que a su vez nos defiende de agresiones de otros.
Fines del derecho: son sistemas coactivos.
Coacción: Utilizan como última amenaza el daño para guiar el comportamiento social.
Amenaza para motivar a hacer o dejar de hacer una determinada acción.
Sanción: es la respuesta que da el derecho a un determinado comportamiento
normalmente opuesto a lo que requiere una regla.
El Derecho es un conjunto de normas que guían las conductas mediante la amenaza en
caso de no seguir con el patrón de comportamiento.
1.4 Las funciones del derecho: control social, seguridad jurídica y justicia
Necesario para la supervivencia, mínimo común normativo es aquello que nos asegura
vivir en una sociedad organizada, es contextual, cambia en cada sociedad.
3 funciones
Control social guiar las conductas
Seguridad jurídica hace que sepamos que tenemos que hacer, función es que pueda
conocer las normas, que las normas sean claras, precisas, fáciles de entender
Justicia
El derecho trata de orientar las conductas de los individuos de forma que sus
comportamientos se adecuen a los modelos establecidos por las normas.
, El Derecho puede ejercer el control de varias formas: pueden actuar antes, 1) la
promoción, 2) la prevención, o después mediante 3) el premio, 4) la represión.
1. Que es el derecho?
2. Cuales son las funciones del derecho?
Tres funciones:
- Control social
- De donde viene el derecho? creado por personas a través de normas.
¿Quien crea el derecho? Instituciones
¿A quien se aplica?
Función integradora permite resolver conflictos.
Mecanismos de control social: incentivos /sanción (ej. prisión)
- Seguridad jurídica
conocer las normas, tiene que ser conocida. Discrecionalidad /arbitrariedad: imponer
medida que no está dentro de las competencias. Grado de discrecionalidad dentro del
cumplimiento de las normas. Discrecionalidad estas dentro de los márgenes, pero la
arbitrariedad se sale de las competencias.
- Guía de conductas
se aplica a las personas
¿Que es justo? Relacionado con la moral, lo que creemos que es justo
- Moral positiva
- Moral critica: ha pasado por “un proceso” de racionalidad
relación justicia/ seguridad
1.5 El derecho y las instituciones: la idea de estado de derecho.
1.6 El derecho y las personas: la personalidad jurídica y capacidad de obrar.
¿QUÉ ES EL DERECHO?
El término derecho tiene 2 sentidos generales: derecho subjetivo (capacidad, permiso,
legitimidad del sujeto para actuar de cierta manera), y derecho positivo (conjunto o sistema de
normas institucionalizadas que sirve para regular la conducta de la sociedad).
El derecho es un hecho institucional, es decir, depende de la práctica y existe por ciertas reglas
sociales que se sustentan en actitudes y creencias. Los hechos institucionales se oponen a los
hechos naturales o brutos, que no son independiente de la práctica humana, de nuestras actitudes
o creencias.
El derecho está vinculado a ciertos usos del lenguaje:
- Uso prescriptivo. Construye prescripciones. Preposiciones prescriptivas: conjunto de
normas que deberían tomarse. No podemos aplicar el juicio de verdadero o falso, sino de
válido/ no válido o eficaz/ineficaz.
- Uso realizativo. Hacer cosas con palabras. Preposiciones realizativas. (exitoso, fallido).
- Uso emotivo, interrogativo.