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, CUERPO DE AGENTES DE VIGILANCIA ADUANERA
Organización del Estado y de la Administración Pública y Derecho administrativo
Conforme a la Resolución 30 de marzo de 2022 Actualizado a Agosto de 2023
TEMA 1
LA CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA DE 1978: ESTRUCTURA Y CONTENIDO.
DERECHOS Y DEBERES FUNDAMENTALES, GARANTIAS Y SUSPENSION
DE LOS MISMOS. LA PROTECCION DE DATOS PERSONALES Y
GARANTIAS DE LOS DERECHOS DIGITALES. EL TRIBUNAL
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CONSTITUCIONAL Y EL DEFENSOR DEL PUEBLO. EL PODER JUDICIAL.
LA CORONA
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LA CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA DE 1978: ESTRUCTURA Y CONTENIDO.
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DERECHOS Y DEBERES FUNDAMENTALES, GARANTIAS Y SUSPENSION
DE LOS MISMOS.
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Estructura.
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Es la Carta Magna situada por encima del resto del Ordenamiento Jurídico, que define los
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principios que regirán el desarrollo de las Leyes y en general, la actuación de los poderes
públicos, estableciendo un esquema de organización de las Instituciones y de distribución
de los Poderes del Estado.
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De acuerdo con esta definición, los textos Constitucionales están estructurados
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basándose en una división en dos partes bien diferenciadas.
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• Una parte dogmática, en la que se contienen los grandes principios, las grandes
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definiciones que han de inspirar el desarrollo de la Sociedad y del Estado y en la que,
asimismo, se reconoce un conjunto de Derechos Fundamentales y Libertades Públicas de
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la persona y se garantiza su ejercicio.
• Una parte orgánica, en la que se establece la división de los poderes del Estado, su
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organización territorial y la distribución de competencias.
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La Constitución Española de 1978 respeta plenamente ese doble contenido. Así,
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posee una parte DOGMÁTICA, en la que podemos incluir el TÍTULO PRELIMINAR,
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donde se contienen las grandes definiciones sobre la esencia del Estado, los principios
fundamentales de su organización y los valores superiores reconocidos por el Estado; y
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el TITULO I, en el que se reconocen los derechos fundamentales de los españoles, se
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garantiza su cumplimiento y ejercicio y se definen los principios que inspiran la política
económica y social del Gobierno.
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Es en la extensa parte ORGÁNICA, en donde se organiza la división de los poderes
del Estado: El poder Legislativo asentado en las Cortes Generales, el poder Ejecutivo
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encomendado al Gobierno y el poder Judicial, independiente, desempeñado a través de
una organización funcional y competencial formada por Jueces y Magistrados.
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Por encima de ellos, como poder moderador y arbitral, símbolo de la unidad y
permanencia del Estado, está la Corona, garantía del cumplimiento estricto de la
Constitución.
CENTRO ANDALUZ DE ESTUDIOS Y ENTRENAMIENTO Tema 1 pág. 1
, CUERPO DE AGENTES DE VIGILANCIA ADUANERA
Organización del Estado y de la Administración Pública y Derecho administrativo
Conforme a la Resolución 30 de marzo de 2022 Actualizado a Agosto de 2023
Además, traza la organización territorial del Estado, mediante el reconocimiento de las
regiones históricas de España a las que se transfiere un amplio catálogo de competencias.
También se establece un procedimiento especial para la Reforma constitucional y se
encomienda a un Tribunal Constitucional una función de control sobre toda la actividad
del Estado, para que no se produzca nunca vulneración de los preceptos constitucionales
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o incumplimientos de ellos.
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Nuestra Constitución tiene su origen en la celebración, el 15 de junio de 1977, de las
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primeras Elecciones democráticas de la transición. La primera preocupación de las
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fuerzas políticas era la elaboración de una Constitución, redactándose un proyecto de
Constitución. El día 31 de octubre de 1978 las Cortes Generales, en reunión conjunta de
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ambas Cámaras, aprueban la Constitución, que plasma el consenso entre todas las fuerzas
políticas y sociales.
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El día 6 de diciembre de 1978 el pueblo español, convocado en referéndum,
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aprobaba mayoritariamente esta nueva Constitución. El día 27 de diciembre S.M. el Rey
D. Juan Carlos I sancionaba solemnemente ante las Cortes Españolas la Constitución.
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Fue publicada en el Boletín Oficial del Estado el 29 de diciembre, entrando en vigor ese
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mismo día.
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Consta de 169 artículos, cuatro disposiciones adicionales, nueve disposiciones
transitorias, una derogatoria y una final.
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Los artículos se distribuyen en Títulos, en razón de las materias o temas de que trata cada
uno de ellos.
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El contenido de los once Títulos constitucionales es el siguiente:
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Título Preliminar Principios Generales 1-9
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Título I De los derechos y deberes fundamentales 10-55
Título II De la Corona 56-65
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Título III De las Cortes Generales 66-96
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Título IV Del Gobierno y la Administración 97-107
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Título V De las relaciones entre el gobierno y las Cortes Generales 108-116
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Título VI Del poder Judicial 117-127
Título VII Economía y Hacienda 128-136
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Título VIII De la Organización del Estado 137-158
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Título IX Del Tribunal Constitucional 159-165
Título X De la Reforma Constitucional 166-169
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