Tema 7. El principado de Augusto y la fundación del Imperio.
1. La creación del principado.
Tras la victoria en Accio, Octaviano se enfrenta a la tarea de dar a su poder personal una base
legal. La normalización de la vida pública tras años de guerra civil y los problemas inmediatos que
conllevaba, apuntaba a una única solución: la creación de un nuevo régimen.
Este régimen debía ser fruto de un compromiso entre la realidad de un poder absoluto y las
formas ideales republicanas. Esto explica su acción política, lenta y prudente, pero muy hábil, de
Octaviano en la construcción de su delicado papel a la cabeza del Estado, que él mismo calificó
en su testamento político (Res Gestae) con el nombre de Principado.
El término prínceps designaba en época republicana al personaje que, por acumulación de
virtudes e influencia, ocupaba un lugar preeminente en el ordenamiento político y social.
2. El cursus honorum de Augusto y la Res Gestae.
A los poderes que ya ostenta Octaviano se puede añadir la apropiación de distintos poderes de
origen republicano, que son las bases del poder imperial.
Estos poderes tradicionales se encontraban en desuso desde hacía más de un siglo, habiendo
existido una sola restitución, la de Sila.
Recibió los siguientes cargos:
• El imperium proconsulare, concedido a los cónsules, propio de las provincias Imperiales.
Lo recibe por diez años y sobre las provinciae non pacatae.
• La potestas consular, que le llevaba a ejercer el consulado con un colega de su elección.
• La Potestas censoria, por el que procede a una revisión del Senado que reduce a 190
miembros.
• El título de Augustus, que es el título que se le concede a una persona que tiene la
capacidad de augere, es decir, “dar validez”.
• Al tomar la potestas tribunicia se extiende su poder no ya a las provincias, sino también
a los elementos internos de Roma.
• El título de prínceps civitatis.
• Aceptó el título de Pater Patriae.
En cuanto a la res gestae Divi Augusti, es una larga inscripción del primer emperador del Imperio
romano, César Augusto, que ofrece un relato en primera persona de su vida y, sobre todo, de sus
obras. Originalmente su texto fue grabado, siguiendo su deseo, en las jambas del Mausoleo de
Augusto en Roma, todo lo cual conocemos es a través de la Vita Augusti, de Suetonio.
3. Las reformas del Estado.
En general, la política administrativa de Augusto se fundó en el debilitamiento de las
magistraturas republicanas y en la simultánea creación de una administración paralela, confiada
cada vez más al orden ecuestre.
Las magistraturas no fueron abolidas pero perdieron en gran medida su valor político. Se
limitaron a desarrollar simples funciones administrativas secundarias, pero su cumplimiento era