Sumario Primer parcial Derechos Humanos y Garantías.
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Grado
Derechos humanos y garantías (C6429)
Institución
University Of Buenos Aires (UBA)
Temario correspondiente a primer parcial de derechos humanos y garantías, cátedra Pizzolo - Rohr Aldana. Cursada el primer cuatrimestre de 2024. Promedio: 8.
PRIMER PARCIAL DERECHOS
HUMANOS Y GARANTÍAS 22/04
DDHH→ Tienen protección normativa
→ Los países eligen cómo los ejecutan. (no los protegen de la misma
manera)
→ Universalidad.
● Sin embargo, hay una alta carga cultural que hace su aplicación relativa.
→ Inherente a las personas. (ya existen antes de que nazca)
→ Irrevocables (ej: si un país se va de un tratado, no pueden retroceder).
→ Interrelacionados.
→ Interdependientes.
→ Irrenunciables.
→ Intransferibles.
→ Indivisible.
→ No absolutos (Algunos no son suspendidos bajo ninguna circunstancia, otros
pueden ser restringidos).
→ Irreversibles, no se pueden sacar ni disminuir.
→ Progresivos: van siempre para adelante. La idea es que cada vez se
reconozcan más derechos (salvo en los casos en los que los Estados no los firman o
se reservan algunas cláusulas. Los Estados también pueden denunciar los Tratados
para reivindicar la soberanía de ese Estado)
→ Inalienables: no se pueden separar/sacar de la persona.
→ De carácter declarativo y no constitutivo (no crea derechos, sino que los
declara. Son derechos que el Estado no puede negar porque son inherentes a la
persona).
→ De efecto ERGA OMNES: oponibles a todos.
→ Imprescriptibles: prescribe la acción, pero no el derecho (salvo algunos
delitos como los de lesa humanidad)
¿Cómo se protegen los DDHH?
↳ El estado puede afectar nuestros ddhh.
↳ Obligación de garantizarlos.
↳ Aplicar Políticas públicas y regular.
● Mirada positivista (Normas)
↳ Dada por normas, sentido amplio, internas, leyes nacionales, locales, prov.
jurisprudencia.
↳ Dada por normas y fuentes de DD internacional.
HISTORIA:
● Inglaterra - Carta Magna 1215.
● Hábeas Corpus 1679.
● Bill of Rights 1689.
● Son precursores de las modernas declaraciones de derecho, con énfasis
en el pueblo.
● Declaración de Independencia de USA 1776: igualdad y libertad.
, ● Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano 1789: igualdad
y libertad, distinción por utilidad común.
● Revolución Francesa 1789.
● Derecho Constitucional: límites a la competencia del poder público sobre
derechos individuales y libertades públicas.
● Derecho internacional humanitario: contención de imperativos militares
para preservar vida de víctimas de guerra.
● Convención de La Haya 1907 + 4 Convenciones de Ginebra de 1949 y
protocolos de 1977.
● Derecho Internacional: → + desarrollo 2da Guerra Mundial. Fin Segunda Guerra
Mundial 1945 > conmoción e internalización de ddhh > Carta de la ONU (San
Francisco): miembros comprometidos con medidas conjuntas o individuales
sobre respeto a ddhh y libertades.
↳ Paz de Westfalia
↳ Surge la Onu
↳ Después de la 1era Guerra Mundial, se intenta crear una sociedad
internacional pero por su visión Euocentrista y por el voto unánime no
funciona.
● Surge la Carta de las Naciones Unidas → 1era vez usan la palabra DDHH, sin
catálogo de estos.
● Org. de los Estados Americanos
Dicta la 1era Declaración de DDHH. Obligator
Art. 75, Abril 1948 “Declaración Americana de los DD y deberes
inc 22 io
del hombre” - OEA por
Diciembre 1948 “Declaración Universal de los Derechos costumb
Humanos” (por Asamblea de ONU y con 8 re
abstenciones).
● Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP)
○ Aprobado en 1966 y entró en vigor en 1976.
○ Protege los derechos civiles y políticos básicos, como el derecho a la
vida, la libertad de expresión, la libertad de reunión y asociación, el derecho a
un juicio justo y el derecho a la igualdad ante la ley.
○ Monitorea su cumplimiento por el Comité de Derechos Humanos.
● Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (PIDESC)
○ Aprobado en 1966 y entró en vigor en 1976.
○ Protege los derechos económicos, sociales y culturales, como el derecho
al trabajo, el derecho a la educación, el derecho a la salud y el derecho a la
vivienda.
○ Monitorea su cumplimiento por el Comité de Derechos Económicos,
Sociales y Culturales.
● Los tratados pueden no decir nada sobre reservas (se utiliza el Convenio de
Viena = derecho de los tratados)
● Costumbre internacional (derecho no escrito):
, ○ Son las primeras que aparecen en los Estados. Requiere aceptación
general, uniformidad, duración y convicción jurídica.
○ Elemento objetivo: conducta del Estado (continuidad, repetitividad).
○ Elemento subjetivo: “opinio juris sive necessitatis” (conciencia de
obligatoriedad jurídica que tiene el sujeto).
○ Clasificación:
■ Costumbre universal: oponible a terceros. Pretenden ser aplicadas a
todos los Estados de la sociedad internacional
■ Costumbre regional / bilateral: se originan en el seno de un grupo
limitado de Estados con características propias.
● Para probar la existencia de una costumbre internacional:
○ La parte que la invoca debe demostrar que se ha constituido de tal modo que
se ha hecho obligatoria para la otra parte.
● Se debe demostrar la existencia de dos elementos:
○ Práctica general: Comportamiento uniforme y constante de los Estados.
○ Opinio juris: Creencia de que la práctica es obligatoria por el derecho
internacional.
● Objeciones a una costumbre:
○ Oposición inequívoca, constante y persistente:
● En caso de normas de ius cogens (normas imperativas), la objeción no tiene
efecto.
○ En otros casos, la objeción puede ser válida si:
■ Hay contradicciones en el comportamiento del Estado objetor.
■ Hay presión de la comunidad internacional si solo un Estado se
opone.
● Medios de interpretación
↳ Jurisprudencia.
● Se basa en las sentencias emanadas por los jueces, sirven como modo
de verificación de una norma jurídica.
● El estudio de la jurisprudencia es de suma importancia, ya que nos ayuda a
conocer la forma en que los jueces aplican determinadas normas que
contienen derechos o garantías, así como sus límites.
● Aunque hay que tener en cuenta que los magistrados no se encuentran
obligados por sus propios precedentes y existe, por lo tanto, la
posibilidad de que en el futuro asuman una posición distinta respecto de
una misma norma jurídica
↳ Doctrina = estudio de reconocidos para explicar DD. Auxilia a los jueces y
abogados en la verificación del contenido e interpretación de ciertas normas
jurídicas.
● Propersona (promine)
↳ Norma + favorable para el ser humano.
1. Clasificación de los derechos humanos. Se dividen en tres categorías:
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