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Apuntes Derecho

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  • 7 de noviembre de 2024
  • 53
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  • Juan jimenes
  • Todas las clases
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INTRODUCCION AL DERECHO


SEMANA 1: CONCEPTO, COMPRENSIÓN Y
VALORES DEL DERECHO
CONCEPTO Y COMPRENSIÓN DEL DERECHO
Existe una diversidad de enfoques entre los autores en torno al concepto de
Derecho. Algunos consideran que la palabra "Derecho" es polisémica y
ambigua, mientras que otros argumentan que no es susceptible de ser
clasificado en un género específico. Además, se presenta como un sistema de
normas para algunos, un sistema de normas y principios para otros, y para
algunos, es simplemente un conjunto de normas promulgadas por el Estado
con el propósito de salvaguardar la sociedad.




En este sentido, cabe señalar que el término "Derecho" conlleva una carga
emocional significativa para muchos, lo que puede resultar en su
interpretación variada y a menudo imprecisa en la realidad. Para algunos, el

,Derecho es meramente una herramienta que permite a los jueces resolver
conflictos. La realidad es que no existe un consenso universal sobre lo que
constituye el Derecho; podría decirse que abarca todas las perspectivas
mencionadas e incluso más.
Harman Jaramillo aborda el estudio del Estado desde una perspectiva
histórica, analizando la evolución del Derecho a través de diferentes etapas
históricas. Mientras tanto, Miguel Reale presenta una visión tridimensional del
Derecho que se compone de tres elementos: el hecho social, la norma jurídica
y el valor. El hecho social se refiere a acciones realizadas de manera
independiente de la voluntad individual, aunque influyen consciente o
inconscientemente en las personas; son impuestas por la sociedad para
promover una forma común de pensar y actuar. La norma jurídica se considera
como la unidad básica que integra el sistema legal, es decir, una regla o
precepto que forma parte del Derecho objetivo. Esta norma regula el
comportamiento humano al prescribir ciertas conductas o consecuencias para
las acciones humanas. Por último, el valor, dentro del contexto del Derecho,
guía a la sociedad hacia su bienestar.
Es importante tener en cuenta que esta diversidad de perspectivas enriquece el
entendimiento del Derecho y su función en la sociedad, demostrando la
complejidad y la riqueza de este campo de estudio.
VALORES DEL DERECHO
 Justicia
 Libertad
 Igualdad
 Paz
 Orden
 Seguridad
 Equidad
 Solidaridad
 Bien comun

Con relación a este tema, podemos identificar una serie de valores
fundamentales en el Derecho, entre los que destacan la justicia, la igualdad, la
libertad, la paz, la solidaridad, la equidad, la seguridad, el orden y el bien
común. La justicia se aborda desde tres perspectivas distintas: histórica, como
virtud suprema y en un sentido estricto. La igualdad se examina tanto desde
una perspectiva histórica como conceptual. En cuanto a la libertad, se analiza
en sus aspectos naturales, sociales y personales. La paz se concibe como la
consecución de la tranquilidad y relaciones armoniosas. El orden se considera

,como un sistema de control social, que proporciona certeza jurídica, seguridad
y una organización del Derecho. La seguridad se aborda desde una perspectiva
tanto jurídica como colectiva. La equidad se refiere al principio de actuar con
justicia e igualdad, creando un ambiente que une y reconcilia. La solidaridad
se explora en términos de compromiso y bienestar general. Por último, el bien
común se contempla desde la perspectiva de ser el fin último del Estado y el
principio del Derecho Público. Es importante destacar que esta lista de valores
no es exhaustiva, ya que existen otros valores igualmente significativos en el
ámbito del Derecho.
Es relevante subrayar que estos valores no existen de manera aislada, sino que
se entrelazan de diversas maneras. Por ejemplo, la paz no puede existir sin un
orden establecido, al igual que el bien común está estrechamente relacionado
con la solidaridad. La seguridad depende de la existencia de la paz. Estas
interconexiones resaltan la importancia de considerar estos valores en
conjunto para lograr una sociedad justa y equitativa.

SEMANA 2: EL DERECHO COMO CIENCIA Y
COMO TÉCNICA
Les envío un afectuoso saludo y les deseo salud y éxito en sus actividades académicas.
Siguiendo el Plan Docente de la materia "Introducción al Derecho", quiero recordarles que
durante la semana 2, estaremos centrados en el estudio de la Unidad 1, específicamente
abordando los subtemas 1.3: "El Derecho como ciencia" y 1.4: "El Derecho como técnica".
Unidad 1. El Derecho
Existen opiniones divergentes entre varios autores en lo que respecta a si el Derecho puede
ser considerado una ciencia. No obstante, al observar su análisis histórico y su estudio
interdisciplinario, es posible concluir que, en última instancia, sí merece ser catalogado
como tal. Además, resulta pertinente destacar que las técnicas y herramientas empleadas
para su estudio científico suelen ser más complejas en comparación con otras disciplinas.
Esto se debe a que el Derecho se fundamenta en la realidad y en las circunstancias sociales,
políticas, económicas y jurídicas de un espacio y tiempo particulares.
1.3. El Derecho como ciencia
Para profundizar en el contenido de la semana actual, es fundamental que nos remitamos a
los REA que se encuentran en el EVA, primero hay una presentación de Power Point “El
derecho como ciencia y técnica”, luego deben estudiar la Guía didáctica de "Introducción al
Derecho - Derecho Romano", específicamente el numeral 2.1 que trata sobre "El Derecho
como ciencia". Además, encontraremos el artículo titulado "El Derecho como Ciencia" de
la autora Mabel García, el cual no solo realiza un análisis histórico del concepto de
Derecho, sino que también aborda diversas teorías y autores que han contribuido a esta

, área. Para acceder a estos recursos, basta con hacer clic en los enlaces proporcionados en la
plataforma EVA correspondientes a la Semana 2.
A continuación, destacaré algunas de las ideas principales de los autores Latorre, Jaramillo
y García en relación con la cientificidad del Derecho.

 La "ciencia del Derecho" es la disciplina intelectual dedicada al estudio racional y sistemático
de los fenómenos jurídicos.
 El Derecho adquirió su estatus como ciencia gracias a los jurisconsultos romanos, quienes,
basándose en conceptos lógicos heredados de la filosofía griega, desarrollaron diversos
modelos jurídicos que han servido como una fuente inagotable de conocimiento científico.
 Federico Carlos de Savigny fue pionero en la consolidación del conocimiento científico del
Derecho al establecer de manera lógica la relación jurídica entre un hecho y una norma, así
como entre un acto y la norma.
 Rudolph von Ihering sucedió a Federico Carlos de Savigny, destacándose por su enfoque
empírico, metódico y sistemático en el estudio del Derecho Positivo.
 El objetivo de estudio del Derecho son las normas jurídicas que regulan el comportamiento de
los seres humanos en la sociedad, empleando el método empírico-dialéctico.
 La ciencia jurídica se centra en el estudio de la conducta y los valores humanos, describiendo su
comportamiento y demostrando de manera lógica la veracidad o falsedad de un acto o hecho
según el Derecho.
 El término "Derecho" a menudo presenta ambigüedades que dificultan la definición precisa de
su objeto.
 Según el iusnaturalismo, el Derecho se origina a través de la voluntad divina o es el resultado
de la facultad racional del ser humano.
 El iuspositivismo sostiene que el Derecho solo existe cuando está codificado por escrito.
 De acuerdo con el iusrealismo, la validez de las normas se determina según su efectividad en la
práctica.
 Durante el siglo XX, destacados autores influyeron en la evolución del Derecho. Federico
Carlos de Savigny introdujo conceptos o instituciones jurídicos. Jorge Federico von Puchta
contribuyó con la jurisprudencia de los conceptos. Ihering y Kelsen representaron la corriente
positivista. Francisco Gény promovió la investigación científica libre. Rickert, Lask y Radbruch
enfatizaron la importancia de los valores. Cossio concebía el Derecho como una forma de
conducta. Bobbio señaló la preeminencia de las ciencias empíricas sobre las formales, mientras
que Alchourrón y Bulygin se centraron en la sistematización del Derecho.
 Julio von Kirchmann rechazó la idea de que el Derecho sea una ciencia.
 Manuel Atienza abogó por un enfoque técnico en lugar de un enfoque puramente científico al
abordar el Derecho.

Con base en lo que hemos estudiado, es evidente que no todos los autores concuerdan en
que el Derecho sea una ciencia. Sin embargo, existe una coincidencia mayoritaria en
reconocer su naturaleza científica, aunque con distintos enfoques y puntos de vista.
1.4. El Derecho como técnica
La palabra "técnica" deriva del término griego "tejné," que significa arte, lo que implica la
habilidad para llevar a cabo una tarea.
La técnica del Derecho se ha definido como "el conjunto de principios, reglas y
procedimientos que facilitan la creación y aseguran la aplicación de las normas jurídicas
mediante un enfoque racional en el uso de datos y medios" (Tapia, s.a., p. 6).

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