DRET DEL TREBALL à manuel.luque@upf.edu
• En el examen no se preguntan cosas especificas sino casos prácticos; que piensas
de lo que le ha pasado a tal, ponme un ejemplo sobre esto,…
• 5/10 sentencias de las clases teóricas que se deberán de estudiar
• Apuntes, pptx, nos dará fichas de cada tema; que es lo que busca, lo más
importante de ese tema en concreto,…
• Descargar Estatuto de los Trabajadores (BOE) actualizado
• Equilibrio del conflicto entre el trabajador y el empresario
• Tema 2 y 3 à fuentes del Derecho
• Tema 4 à El trabajador (Quién debe tener un contracto de trabajo,…)
UBER (empresa)à taxistas no tienen derechos de trabajo.
Falsos autónomos à personas que trabajan en la empresa como si fueran
autónomos y que examinadas las causas judicialmente se resuelve que si deberían
tener contracto de trabajo.
• Tema 5 à ETT, grupos de empresas, subcontratas, empresa que compra a otra
empresa (conflictos entre sueldos de trabajadores: en cuál se cobra más?)
• Tema 6 y 7 à caracterizar al contrato de trabajo (no habrá seminario sobre estos
dos temas) (seminario 2 – temas 2,3 y 4)
Tema 1 à Derecho del trabajo à Caracterización y evolución histórica
Concepto DT à Conjunto normativo que se ocupa de la regulación del trabajo libre,
por cuenta ajena (el riesgo lo tiene el otro), es decir, del trabajo que una persona
(trabajador) presta voluntariamente por cuenta de otra (empleador), bajo el poder de
dirección de esta última y a cambio de un salario.
Origen à (Dos etapas)
Etapa pre-Revoluciones Industriales
• Excepcionalidad del “trabajo libre/voluntario” à En cualquier país, sociedad, era
excepcional, oficios
• Generalización del trabajo (agrícola) à lo más común en régimen de esclavitud o
servidumbre. Presta servicios tratado como una cosa, es un trabajo forzoso.
trabajo libre no generalizado = arrendamiento de servicios, derecho común à se
trata a las dos personas como a iguales à normas = no había salario minímo,
horario,...
Esclavitud: Trabajo forzoso. Esclavitud es compra-venta de persones. Un esclavo es
aquella persona que es una otra y trabaja de forma forzosa porque la ha comprado. Son
tratados como bienes.
Servidumbre: se les reconoce ciertos aspectos, puede comprar su propia libertad, ya que
puede tratarse como persona y no como un bien.
Origen DT à Revoluciones Industriales (s.XVIII y XIX) à El trabajo en los gremios va
quedando obsoleto y la producción en masa tiene importancia.
Después economia industrial, ciudad y ciudad industrial = es necesario por quienes
lideran fábricas industriales es necesario que las personas salgan de los campos del
sector agrícola y hagan uso de esas máquinas es cuando se empieza a generalizar ese
trabajo libre. Mitad s.XIX nuestro país finales s.XIX se sigue aplicando derecho común =
quien presta trabajo tiene el mismo poder contractual que quien lo contrata.
A mitad del siglo XIX comienza a cambiar:
Revolución liberal o revolución industrial
, o Avanza con la tecnología descomunal (maquina vapor, tren…). O revolución técnica=
necesidad de mayor producción para vender a otro=tensiones por exigir +derechos
= comienzan a existir fabricas vinculadas al textil, sacan a gente del campo para que
trabajen a las fábricas.
o Aumento de la población
o Se generaliza el término de trabajo libre, personas que se ofrecen para trabajar.
Pueden escoger trabajo de forma libre. Aunque no habían reglas por la
regularización del trabajo. Cumplen una función tuitiva: proteger el trabajador en
cuanto a persona.
Manufacturas – fábricas // Generalización del trabajo “libre
• Insuficiencia del Dº Común (Civil)(arrendamiento de servicios) à “Explotación” (se
subasta el trabajo) à Cuestión Social =nivel de mortalidad elevado, esperanza de
vida del trabajador muy baja = manifestaciones, servicios sin reglas y no hay para
todos, no hay jornada de trabajo máxima, no hay normas de trabajo, situación de
explotación,..
= Aparición primeras normas DT
• Edad (no trabajo menores de 10 años)
• Descanso (1ª ley en Esp 1904, mínimo un día de descanso y jornada máx 8h)
Actualmente, jornada ordinario + horas extras = 48 horas jornada máx en UE, todo
lo que dice UE, los países lo pueden mejorar.
• Accidentes de trabajo
• Protección de la mujer embarazada/lactancia à Hasta la década de los 80 se
prohibía en sectores peligrosos que la mujer trabajara
Evolución normativa del DT en España
S.XIX
• Ley Benot 1873 à 1ª ley de DT = prohibición del trabajo de menores de 10 años,
no más 5 h/d Tenemos su versión en EUA, Francia, RU, 20/30 años antes.
(Actualmente UE à 16 años). Trabajador tiene dos perspectivas: individual y
colectiva. Es muy importante fijarse en esas normas que regulan al trabajador
como colectivo; que pueda escoger representantes, que éstos puedan negociar,…
• Ley de Asociaciones 1887 (UGT 1888)
S.XX
• 1900. Protección frente AT, en su baja, enfermedad. Descanso dominical. Ley del
accidente del trabajo(1904). Ley de la Silla (1912) para que se pudieran sentar las
mujeres durante la jornada (Modificación 1918 para ampliarla también a los
hombres). Jornada máxima 48 horas (1919)
• La mujer no podía trabajar. En el 1914 aún no existía el derecho del trabajo. A
finales del primer tercio del S.XX fue cuando se regularon las normas.
Dictadura Primo de Rivera (9.1923 a 1.1930)
• Código del Trabajo 1926: regulación del contracto de trabajo
• Organización Corporativa Nacional à Comités Paritarios
• LCT de 1931: reconocimiento DH (no hay DH en EUA), no puede ser sustituido,
despedido por ejercer este derecho, en sus inicios podía ser causa para extinguir
contratos…
Guerra Civil (07.1936-04.1939) y Dictadura franquista (hasta 11.1975)
• Fuero del Trabajo de 1938
• Sindicato vertical