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Apuntes Historia del derecho

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Apuntes historia del derecho

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  • 27 de enero de 2021
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  • 2020/2021
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  • Rafael javier bejar carbonell
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HISTORIA DEL DERECHO.
TEMA 7.


Una de las fuentes más utilizadas en lo que son las disposiciones históricas de la conquista del
Reino de Valencia por parte de Jaume I es el ‘Llibre dels fets’ atribuido al propio rey Jaume I.

En esta exposición histórica se exaltaba la figura del monarca en lo que fue la cristianización de
tierras que habían estado dominadas por los árabes.

En la participación de la conquista del Reino de Valencia hubo dos tipos de nacionalidades, que
participaron en la misma y que tuvieron su influencia en la creación del derecho valenciano
esas dos nacionalidades fueron la aragonesa y la catalana, existió al margen de
interpretaciones más actuales dos organizaciones, dos lenguas y que subrayaron dos
diferentes formas de enfrentarse a la reconquista, no obstante lo más importante es deslindar
los diferentes grupos sociales que participaron en la conquista del Reino de Valencia y que
estuvieron en la creación del mismo junto a Jaume I, en ese sentido hubo señores catalanes,
señores aragoneses, clérigos, campesinos, burgueses, etc. Su respectiva fuerza e influencia en
el monarca explicaran la redacción y vigencia de ‘els furs’.



Cuatro situaciones muy diferenciadas que suceden durante la conquista del Reino de Valencia:

Hay una primera fase donde existe una lucha en el norte del reino que es impulsada no tanto
por el rey Jaume I si no por señores aragoneses y diferentes consejos y ordenes de la zona
fronteriza entre la Comunidad Valenciana y Aragón.

En la segunda fase, en 1229 Pedro Fernández toma Bejis y le da un privilegio sujetado a los
fueros de zaragoza, por tanto los primeros momentos de la fase de la conquista del Reino de
Valencia están muy ligados a Aragón, a partir de 1232 y con un tratado que hace Jaume I tras la
ocupación de Mallorca por el cual el moro Abu Zeyl, este consigue un tratado en 1229 con
Jaume I por el cual le cede parte de las rentas del Estado, en tercer lugar el proyecto más
completo de conquista de lo que fue el Reino de Valencia se produce en Las Cortes de Monzón
en 1236 a principios de 1237 El Papa después de estas cortes promulga una bula y establece
que la conquista del Reino de Valencia es una cruzada, eso hace que en la primavera de 1236
por parte de Jaume I reúne su ejército en Teruel y empieza su camino hacia Valencia, en 1237
conquista el Puig, intenta Zayn Ayan, rey musulmán que ocupaba valencia, negociar pero
Jaume I continua su cerco y por fin Valencia se rinde el 28 de septiembre de 1238, según las
capitulaciones captadas por los musulmanes, estos podían abandonar Valencia con sus
muebles o bien ponerse de acuerdo con los nuevos dueños de los señoríos y para Cullera y
Denia se aceptaba al respecto una tregua de siete años, se dicta lo que se llama ‘El Llibre del
Repartiment’ por Jaume I el cual distribuía entre los cristianos las tierras del Turia pero
permitió que numerosos musulmanes se quedaran con sus realengos y señoríos a cambio de
pagar los correspondientes diezmos e impuestos.


1

, La cuarta fase de la conquista completa los territorios del sur, a la misma vez que Valencia se
conquista Cullera, entre 1242 y 1245 se conquistan Alzira, Xàtiva y Denia y por fin
estableciendo un límite fronterizo en 1245 se conquista Biar, en los límites de Alicante, en
1245 los límites del Reino de Valencia quedan establecidos en esta población alicantina,
actualmente alicante, con el hijo Jaume I, Jaume II se consigue rescatar de castilla la parte más
meridional del reino Alicante, Elche y Orihuela, su intervención llego hasta Murcia a la cual se
intentó anexionar pero que al final se conforme con la normativa de Alfonso X.

Al conquistar Valencia sus juristas tenían que plantearse qué tipo de derecho le iban a
conceder, es verdad que una parte de sus ejércitos eran Aragoneses y eso hace que parte de
los señores que la acompañaban intentaran hacer una extensión del derecho de Zaragoza,
pero ya no estamos antes una situación de derecho de frontera dado que, con la caída de
Valencia y la debilidad de los reinos Taifas del sur, el peligro musulmán se desmoronó. El poder
real ya acentuado Jaume I le va a permitir dar una nueva solución, el interés del monarca
estaba en conseguir mejores posiciones respecto a los señores de las que tenían
anteriormente en el inicio de la reconquista, por un lado, estaba consolidado el poder real, el
del monarca y por otro lado las enseñanzas del derecho común ya tenían cierta influencia en la
Península, las viejas normas del derecho romano y canónico habían tenido una resurrección
jurídica y permitían una adaptación a una situación nueva, estábamos ante una ciudad nueva,
ante una disminución y en algunos casos eliminación de las estrictas relaciones feudo-
vasalláticas entre los señores vasallos y campesinos, el rey no quería exenciones de impuestos,
por eso no le gustaba el pueblo de Zaragoza, quería un comercio floreciente en el reino porque
eso permitía a traer a pobladores y por tanto un aumento de las contribuciones para el
monarca y eso hace necesaria una nueva legislación, esa legislación es ‘La Costum’, es el origen
dels furs, La Costum de Valencia se aprueba en 1238 en una reunión de nobles y prelados y se
considera el origen dels furs, de hecho, La Costum se conserva en el prólogo dels furs,
aprovecha elementos de Les Costums de Lleida pero lo más importante es que son sobre todo
textos del derecho común, Las Costums de Valencia no ha llegado a nosotros como tal pero
esta inserta en els furs posteriores, La Costum se extiende en principio a la ciudad de Valencia
y se extiende a otras ciudades como Sagunto o Denia peri no se extiende al norte de Castellón
donde se siguen aplicando sus derechos o fueros propios, muchos ellos con influencia del
fuero de Zaragoza,

esta nueva regulación significa:

1. Como todo derecho que surge del poder del monarca es un derecho más favorable a la
corona. Primero porque favorece al nombramiento de las autoridades, el juez o el
representante de este en las ciudades, le permite una mayor discrecionalidad a la hora
de establecer impuestos para la corona, ante esta situación una buena parte de los
señores aragoneses no vieron con buenos ojos la implantación de La Costum de
Valencia pero al tener la ciudad de Valencia el carácter de real nada podían objetar,
esto hace que ante el temor de una ampliación de este derecho en territorios de la
corona de Aragón, hace que se territorialice el derecho aragonés a partir del código de
Huesca de 1247 que es el origen de los fueros aragoneses.




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