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  • 7 de febrero de 2021
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¨INTUITI PERSONAE¨

TEMA 1 – Supuesto de hecho, concepto y caracteres del Derecho del Trabajo

1. A  Antecedentes del nacimiento del Dº del Trabajo.
B  Consolidación del Derecho del Trabajo.
2. El supuesto de hecho típico del derecho del trabajo. Ajenidad y dependencia en la relación
jurídica-laboral.
3. Extensión del Derecho del Trabajo.
4. Presentaciones de trabajo no reguladas por el Derecho del Trabajo. El trabajador autónomo
económicamente dependiente (TRADE).
5. Concepto, caracteres y contenido del Derecho del Trabajo.


1.A) Antecedentes del Derecho del trabajo.
El derecho del trabajo tal y como se conoce en la actualidad es el punto de una evolución jurídica
experimentada por la regulación de un hecho (el trabajo) que, si bien trabajar es sustancial a la
existencia humana, va a adquirir una significación muy especial a partir de la 1ª Revolución Industrial.
A partir de la Revolución Industrial se formará la regulación del derecho laboral.
El trabajo consistía en algo forzoso con esfuerzo, sin ninguna regulación jurídica ya que en el pasado el
dueño era el propietario el que decidía y elegía por el esclavo. En los tiempos de los señoríos feudales
trabajaban para los señores porque les trabajaban las tierras y las personas eran su propiedad.
En un momento determinado, el trabajo paso de ser algo prestado a un trabajo que se presta de forma
voluntaria, en régimen de la libertad, asalariados a cuenta de otro (ajenidad). Ese otro es quien
organiza y dirige el procedimiento productivo (dependencia). Va a ser a partir de una serie de
circunstancias que la forma de trabajar sea de una manera hasta la revolución Industrial.
Los gremios: sistemas de trabajo caracterizados debido a que el gremio decía cómo se debía trabajaba,
es decir, daba las órdenes. No todo el mundo accedía a los gremios ya que estaba regido por un
sistema de sociedad de edad. Por lo que se va a necesitar mucha mano de obra.
Desaparece el feudalismo en la época de los gremios, estos decían que se hacía y como se hacía y a
qué precio se vendía.
Con la Revolución Industrial eso termino y se empezó con otra forma de trabajar.
En la época feudal o estabas ¨agremiado¨ o no trabajabas, era un sistema cerrado. Con las empresas y
las fabricas necesitan mano de obra, la cual la había, pero el empresario ofrecía condiciones precarias
En España, la disciplina del trabajo en una primera época fue regulada por el derecho civil,
concretamente por el arrendamiento civil. Esto en la práctica lleva a desigualdades por lo que empezó
a exigir que hubiera normas que regularán esto. Pero, a finales del siglo XIX y principios del siglo XX se
empieza a construir un conjunto de normas que regulase los trabajos de cuenta ajena.
La ley de Not… 1739  regulaba la ley de los niños de 10 años a 8horas al día.
¿Cuáles son los presupuestos o sitios que marcaron el trabajo en Europa? Primero, la Revolución
Industrial. Segundo, el pensamiento liberal. Tercero, el movimiento obrero y, por último, la
intervención interestatal.
La Revolución Industrial

,Surgió en Inglaterra en el Siglo XVII. Empiezan a aparecer otros sistemas de producción, lo que supuso
una radical transformación de estos. Las transformaciones de este periodo son consecuencias de
factores de distintos tipos:
1. Demográfico: la gente que vive en el campo emigra a ciudad en busca de trabajo ofreciendo su
fuerza de trabajo por lo que se empieza a generalizar ese trabajo ajeno en masa.
2. Político: la Revolución francesa establece un cambio político de poder ya que trae consigo una nueva
clase social, la Burguesía.
3. Factor Financiero: nos encontramos con diversas personas que acumulan mucho capital (fortunas)
vinculadas a descubrimientos geográficos.
4. Mercantil: época en la que se generaliza el comercio a gran escala con colonias (Barcos a
Latinoamérica). Además, la época anterior a la Revolución Industrial, el trabajo estaba unido al gremio.
Lo que trae consigo es el cambio de los medios de producción que van a manifestarse de dos formas
que van a promover el sufrimiento del proletariado:
Antes de la Revolución Industrial, el capital y el trabajo se encontraban unidos en la persona del
artesano (el maestro del gremio tenía capital y lo compraba todo), pero la Revolución Industrial trae un
cambio en los medios de titularidad de los medios de producción y van a promover el nacimiento del
proletariado.
1. La nueva organización del trabajo: antes en el gremio todos estaban en el mismo sitio, ahora no. Se
pasa del pequeño taller a la gran fabrica, lo que supone la separación del trabajo y la especialización en
el trabajo. La consecuencia será que un artesano de hacerlo todo pasa a hacer solo una parte. La otra
manifestación va a hacer que surge el nacimiento del proletariado se transforma la estructura de la
población.
2. Se transforma la escultura de la población: la mano de obra pasa a ser de predominante urbano. Se
modifica y se cambia.
De estas dos realidades va a surgir algo nuevo y desconocido: la clase obrera, grupo social
caracterizado por las circunstancias de no poseer, ni controlar los elementos de producción. La única
forma de sobrevivir es trabajar para otros. Esta nueva clase social es el proletariado industrial.
El Pensamiento Liberal
El Liberalismo es una consecuencia de la Revolución Burguesa, explicada desde muchas teorías. Es
defensor de la propiedad y de la iniciativa privada. Este pensamiento liberal se explica también desde
diversos pensamientos. En la economía el pensamiento liberal se manifiesta en el que el sistema
económico no necesita la intervención del gobierno por lo que es un mercado libre (Adam Smith),
oferta y demanda, tenían su propia fuerza como reguladores del mercado.
El Pensamiento Jurídico
Triunfa el individualismo. Todos los hombres son iguales y el Estado no puede alterar, intervenir, en
esas relaciones entre individuales y privados, sino que tiene que convertirse en la autonomía para que
todos puedan elegir, defenderse, etc.
En el aspecto político, nos encontramos con las grandes declaraciones humanas, los hombres son
iguales ante la ley, es decir, libres de con quien contratar y las condiciones del contrato.
En el aspecto laboral, el liberalismo conlleva a la eliminación del sistema gremial ya que si una persona
no estaba dentro del gremio no podría trabajar. Esta doctrina, en el ámbito laboral se produjo en unas
consecuencias distintas. Por ejemplo: la libertad de contratación que dos personas bajo su voluntad

,satisfacen sus necesidades, se vio que las condiciones del trabajo se imponían con amplias jornadas,
sin días de descanso, condiciones económicas precarias.
Sistema del ¨truco¨ en empresas en Inglaterra porque las empresas pagaban por medio de vales para
comprar en las propias tiendas que eran de la empresa, los víveres y útiles, esto sucedió porque faltó la
moneda.
Estaban prohibidas las asociaciones de trabajadores porque la ley dice que son contratos libres y
privados y todos son iguales ante la ley.
Movimiento Obrero
Los obreros son conscientes que para defender sus intereses tiene que ser a través de asociaciones
para solucionar las desigualdades entre empresario y trabajador por lo que en el Siglo XIX surge este
movimiento. El cual determina la conciencia de clase, los trabajadores no aceptan una imposición
económica en la que los medios de propiedad se encontraban en manos de un sector. Aparecieron
asociaciones de obreros, aunque estaban prohibidas, era para prestarse ayuda entre obreros.
En España, el movimiento obrero (1825-1875) se articuló en tres direcciones o ideologías para acabar
con el capitalismo. Dentro del sindicalismo: comunismo, socialismo y acuerdo sindicalistas  idea en
común, acabar con el capitalismo.
1.Sociedades de socorro
2.cooperativismo.
3.sindicalimo
4. socialismo.
5.Feminismo
Intervención del Estado: por una parte, el Movimiento Obrero quiere convertir sus reivindicaciones en
leyes (poner leyes a su favor) y la parte dominante quiere que eso no cambie y eso cautive (quiere
mantener eso). Por lo que el Estado se hace imprescindible para actuar como fuerza de contrapeso,
hace de pacificador (mediador).
En un momento determinado abandona esta actitud, el Estado deja de ser liberal y empieza a actuar
dentro de una sociedad capitalista y empieza para tener en cuenta la presión social. Se da cuenta de
numerosos factores que juegan con la convivencia por lo que llevan a un camino de integración social
(participar e integrarse a esos grupos) produciendo una crisis de Estado.
El Estado ya no es simple espectador y actúa, no limita la autonomía individual, se empieza a
interponer en la relación privada y regulan condiciones del contrato de trabajo, fuera del ámbito del
derecho civil (arrendamiento del trabajo). Entre la lucha obrera y la intervención del Estado se empieza
a regular los poderes que tenía el empresario en el liberalismo. Normas nuevas y específicamente
laborables lo que ahora llamamos derecho del trabajo (pacificador, reformista, defensor del trabajo y
de carácter tuitivo en beneficio de la parte más débil, el trabajador).
El Estado interviene en las relaciones laborales en la primera mitad del siglo XIX. Se empieza a hablar
del ¨Derecho del trabajo. Queda roto el dogma de la autonomía …….
Las primeras jornadas empiezan a regular las 8 horas de trabajo, horas de trabajo entre turno y turno y
el descanso semanal, normas para menores y mujeres. Normas de accidentes de trabajo en 1900.
Todas estas normas aparecerán de forma evolutiva no sistemática, como en la actualidad.
Con la intervención del Estado se empieza a regular las relaciones laborales y se la quita poder al
empresario que el liberalismo le había dado anteriormente.

, Es un derecho ¨tuitivo¨(protector), hacia el trabajador, que es la parte más débil.
Hay dos tipos de normas: Legislación dada por el propio estado que regulara condiciones de trabajo y
Convenios colectivos a la legislación de la administración y contratos colectivos.
Acuerdos graduales entre empresario y trabajadores, conocidos también como convenios colectivos
para regular las condiciones de trabajo y sirve para regular normas de trabajo y proteger a la parte más
débil (el trabajador). Esta en el antecedente que aparezca el derecho del trabajo. A partir de la
recogida de los derechos del trabajador en la constitución en el siglo XX. Se pasa de una relación de
laboral en base de un trabajador libre y ajeno regido por las partes de contratantes a unos convenios
en los que las partes contratantes van a fijar unas condiciones mínimas (Movimiento Obrero).
2.El Supuesto de Hecho Típico del derecho del trabajo. Ajenidad y Dependencia en la relación
Jurídico-laboral.
El trabajo es una característica fundamental del comportamiento humano, ha existido desde siempre.
Abordado desde disciplinas muy distintas y que vamos a abordarlo desde el punto jurídico. Al derecho
del trabajo no le interesa cualquier tipo de trabajo sino aquel que reúna unas características. Para ello
habrá que diferenciar distintas formas de trabajo:
Distinción entre Trabajo Oneroso y Trabajo Benévolo: es el de la motivación principal que impulsa al
trabajador para la realización del trabajo. Si esta motivación es adquirir una retribución o una
contraprestación es onerosa. Si esta motivación principal es ayudar a otras personas colaborando en
una causa es benévola (sin esperar nada a cambio, por caridad). El motivo principal de hoy en día es
recibir una contraprestación, por dinero, que constituye nuestra subsistencia. Hoy en día también hay
mucho trabajo benévolo (altruista art. 1.3 LET), por amistad, sindical, profesión religiosa, vecindad, etc.
Distinción entre Trabajo Libre y Trabajo Forzoso: el trabajo puede realizarse de una manera voluntaria
de parte de quien lo realiza o puede ser en consecuencia que nos venga impuesto (esclavos, violencia o
por alguna norma  estar en una mesa electoral). Hoy en día no existe la esclavitud, bajo la violencia
física, sino que impera el trabajo libre.
Distinción entre Trabajo por cuenta Propia y Trabajo por cuenta ajena: hace referencia a quien se
apropia del resultado o de los frutos del trabajo que yo hago. Cuando es el mismo sujeto el que lo
realiza y se beneficia es un trabajo por cuenta propia. Pero, si es alguien quien lo realiza y otra persona
se lleva los resultados en beneficio suyo es un trabajo por cuenta ajena. Cuando acepta un trabajo y
acepta ser contratado, acepta que el resultado de ese trabajo va a ser para el empresario.
Distinción entre Trabajo Autónomo y Trabajo Subordinado: esta distinción hace referencia al trabajo
en función de la forma de dirigirlo. De tal manera que cuando se trabaja y a su vez dirige cómo se va a
realizar ese trabajo, es trabajo autónomo. En el caso contrario, quien dirige el trabajo es alguien
distinto, nos encontraremos con el trabajo subordinado o dependiente. En términos jurídicos lo
contrario de trabajo autónomo es trabajo dependiente No ajeno.
Entonces, ¿Cuál es el trabajo que le interesa y regula el derecho del trabajo? Según el artículo 1.1 LET
aquel que reúna estas cinco notas:

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